(El Economista, 27-09-2024) | Laboral

La Audiencia Nacional ha dictaminado que las empresas no pueden compensar los gastos del teletrabajo con días libres, ya que esta práctica no se ajusta a la ley. En una sentencia del 3 de junio, la sala de lo Social dio la razón a la demanda de conflicto colectivo presentada por la Federación de Servicios de CCOO contra la empresa DXC.

A finales de 2023, la empresa ofreció a los trabajadores la opción de realizar el 100% de su jornada laboral de forma remota, voluntariamente. No obstante, se reservaba el derecho de requerir la presencia física del trabajador "por necesidades organizativas y de coordinación de proyectos", limitando esta presencialidad al 20% de la jornada laboral mensual, sin posibilidad de acumular el porcentaje no usado para meses posteriores.

DXC proporcionó a cada empleado un equipo informático con una vida útil de cinco años y decidió compensar los gastos derivados del teletrabajo con dos días de libre disposición al año, en lugar de con una compensación económica. Sin embargo, la sentencia señala que la empresa se arrogó unilateralmente el derecho de modificar el porcentaje de teletrabajo, requiriendo presencialidad dentro del límite del 20%, lo cual altera el acuerdo inicial de trabajo a distancia.

La sala también subraya que, según la Ley de Trabajo a Distancia de 2021, corresponde a las empresas cubrir los gastos del teletrabajo, y que los convenios colectivos deben determinar cómo se hará dicha compensación. En este caso, el convenio colectivo del sector de consultoría, al que pertenece DXC, establece que los teletrabajadores deben recibir 17 euros brutos mensuales como compensación por gastos, una cantidad no absorbible ni compensable con otros conceptos.

Esta cantidad, que no es salario, se aplica a empleados que trabajen a distancia el 100% de su jornada. Para aquellos que teletrabajan a tiempo parcial o de forma mixta, se debe abonar la parte proporcional, según la sentencia. Estos 17 euros cubren todos los gastos relacionados con el teletrabajo, como suministros, agua o el uso de espacios, concluyen los magistrados.

ARE YOU LOOKING

FOR PERSONAL OR BUSINESS ADVICE?

Make your inquiry online or come visit us