(Expansión, 31-12-2025) | Laboral
Las empresas y los trabajadores autónomos que tienen personal contratado arrancan el año con dificultades para cerrar su planificación económica, ya que todavía desconocen cuál será la nueva base mínima de cotización. El salario mínimo interprofesional (SMI) aumentará, como mínimo, un 3,1% en 2026.
El Ejecutivo ha normalizado una situación anómala: comenzar cada ejercicio sin tener definidas todas las bases de cotización aplicables durante el año. Esta circunstancia se repite de manera continuada desde 2020, periodo en el que la actualización del SMI -y, en consecuencia, de la base mínima de cotización- no se ha aprobado hasta febrero. En algunos ejercicios, como en 2022, la subida no entró en vigor hasta el día 22 de ese mes. En 2026 volverá a suceder algo similar, ya que el Gobierno aprobó la orden de cotizaciones en el último Consejo de Ministros del año sin incluir la base mínima.
El Ministerio de Trabajo no abordará la revalorización, como pronto, hasta finales de enero, y es muy probable que el proceso se retrase nuevamente hasta febrero. Así lo indican fuentes del propio departamento a EXPANSIÓN, que señalan que no será hasta la segunda semana de enero cuando se reactive la mesa de diálogo con los agentes sociales, en la que se presentará la propuesta oficial de incremento. Lo que sí se conoce es que el aumento se situará dentro del rango sugerido por el comité de expertos convocado por la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz: entre el 3,1% y el 4,7%, este último supuesto en caso de que el salario tribute. De este modo, el salario mínimo -y la base mínima asociada- quedará entre 1.221 y 1.240 euros mensuales.
Este periodo de indefinición no es neutro. Al contrario, genera incertidumbre e inseguridad jurídica para las empresas, especialmente para pymes y autónomos con empleados, que concentran una parte importante de los trabajadores que perciben el SMI. En total, cerca de 2,5 millones de ocupados se ven afectados por este salario en el conjunto del mercado laboral.
Entre las consecuencias señaladas por los expertos consultados por EXPANSIÓN destacan la imposibilidad de cerrar la planificación financiera anual al desconocer el coste laboral real, las dificultades para confeccionar las nóminas -que habitualmente se elaboran entre los días 20 y 25 de cada mes- y, en general, un entorno de inseguridad jurídica para las empresas. Las gestorías resultan especialmente perjudicadas, ya que, dependiendo de la fecha en que se publique la actualización en el BOE, pueden verse obligadas a duplicar procesos administrativos.
"El retraso en la actualización del salario mínimo impide a miles de empresas cerrar las nóminas con garantías. Sin esa cifra clave es imposible calcular el coste laboral mensual y anual", señala Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos de España. Añade que esta situación obliga a emitir nóminas provisionales que después deben corregirse, recalculando bases, complementos y cotizaciones, lo que incrementa la carga de trabajo y el riesgo de errores. "Las gestorías absorben este desorden, pero trabajar de forma permanente en la incertidumbre no es viable", advierte.
Por su parte, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, subraya que el mayor impacto se deriva del aumento de los costes laborales asociado al SMI, que se ha incrementado en más de un 60% desde 2019. "Esto supone un problema serio porque reduce el poder adquisitivo y la competitividad de muchos autónomos", afirma. Amor también pone el foco en el perjuicio que supone para la planificación económica. "Para un autónomo que tiene previstos sus costes anuales, esta falta de definición provoca un daño considerable", explica.
En la misma línea, Alfredo Aspra, abogado laboralista y socio de Labormatters Abogados, destaca que las empresas se ven obligadas a iniciar el ejercicio sin conocer con exactitud el impacto presupuestario del aumento salarial. "Haber cerrado el año con este dato sociolaboral ya confirmado habría facilitado notablemente la adaptación de las compañías", apunta.
Aspra advierte además de que, si finalmente se establece la retroactividad del incremento, las empresas deberán asumir un sobrecoste acumulado no previsto, especialmente gravoso si no se permite su pago de forma fraccionada a lo largo de los meses.