(Expansión, 15-05-2024) | Fiscal

La fiscalidad en torno a las reestructuraciones, fusiones y adquisiciones (M&A) ha cobrado gran relevancia con la operación de compra de BBVA sobre Sabadell. Sin embargo, no es el único ámbito donde se observa este interés. El régimen especial para estas operaciones está siendo objeto de una mayor vigilancia que nunca, y es fundamental considerar varias particularidades tributarias al abordar estas operaciones cruciales para el desarrollo económico de las empresas.

Según Carlos Marín, socio responsable de Tax M&A y Tributación Internacional de KPMG Abogados, "el ámbito fiscal se ha vuelto cada vez más complejo y, de cierta manera, más intervencionista, lo que supone un verdadero dolor de cabeza para los asesores". Marín destaca que en la actualidad existen entre ocho y diez propuestas de Directiva europea que impactarán significativamente en la operativa diaria de las empresas españolas en los próximos dos años. "No recuerdo un momento en el que haya habido tantas propuestas legislativas como ahora. Muchas de estas normativas tienen efectos significativos, por lo que es crucial tenerlas en cuenta desde el principio", afirma.

En el caso de grandes operaciones, Marín subraya la importancia de examinar la estructura jurídica específica que se dará a la operación y si implicará o no una fusión legal. "La integración de dos grandes grupos empresariales, especialmente en sectores regulados, siempre plantea grandes complejidades, incluidas las de índole fiscal", señala. "Es necesario alinear políticas fiscales generales, precios de transferencia, modelizar el efecto de la aplicación de activos y pasivos fiscales, y tener en cuenta las implicaciones en futuros impuestos complementarios, entre otros aspectos", añade.

El especialista destaca que el régimen especial del Impuesto sobre Sociedades busca asegurar que la imposición derivada de una operación de fusión o reorganización no obstaculice su realización cuando los motivos no sean fundamentalmente fiscales. "Este aspecto es crucial", subraya. "El problema radica en una posible interpretación restrictiva de este concepto, que podría centrarse más en eliminar cualquier ventaja fiscal colateral a la operación, en lugar de facilitar el dinamismo empresarial", indica.

"Es importante destacar que algunas reorganizaciones empresariales tienen como objetivo lograr una estructura corporativa más eficiente desde el punto de vista fiscal, lo cual es un motivo de negocio válido", señala Marín. "La Administración debe comprender que evitar una ineficiencia fiscal es un motivo económico legítimo", agrega.

En resumen, Marín define las principales implicaciones fiscales que deben considerarse en una operación de fusión, adquisición o reestructuración. "Lo fundamental es cumplir estrictamente con la amplia normativa fiscal que las regula, a veces en contra de la lógica económica", destaca. "A menudo, se realizan ajustes en las condiciones económicas de préstamos entre partes no vinculadas para cumplir con la normativa, incluso si resultan más gravosos financieramente. Esto carece de sentido", afirma. Además, Marín enfatiza que es en lo no regulado expresamente donde se necesita empatía y apoyo por parte de las autoridades.

La complejidad de estas operaciones hace que la Inspección de Hacienda vigile de cerca estos procesos, como se refleja en el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero. "La inspección está y ha estado muy activa, especialmente en grandes operaciones", destaca Marín. "Es importante que la inspección comprenda los verdaderos motivos detrás de estas operaciones, que van más allá de lo fiscal", concluye.

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