(El Economista, 23-02-2026) | Fiscal
El Gobierno ha fijado el salario mínimo interprofesional (SMI) en 1.221 euros mensuales en 14 pagas y ha asegurado que esa cuantía quedará exenta de pagar IRPF. Sin embargo, el mecanismo diseñado por el Ministerio de Hacienda implica que cada mes se descontará una parte del sueldo a quienes cobren ese salario, dinero que solo podrán recuperar si presentan la declaración de la renta, trámite al que no están obligados por su nivel de ingresos.
En concreto, estos trabajadores soportarán retenciones por IRPF de unos 523 euros al año -aproximadamente 43 euros mensuales-, según explica la economista Raquel Jurado, del Consejo General de Economistas. Estas retenciones están limitadas al 43% de la diferencia entre el SMI anual (17.094 euros) y el umbral de ingresos que marca la obligación de tributar, fijado en 15.876 euros.
Como ya ocurrió en 2025, Hacienda ha optado por introducir una deducción específica para que estos trabajadores recuperen lo retenido al hacer la declaración, en lugar de elevar el mínimo exento hasta el nuevo SMI, práctica habitual hasta 2024. Esta deducción asciende a unos 590,89 euros -algo más que lo retenido- para compensar tanto el tramo estatal como el autonómico del impuesto.
Según los expertos, aunque las retenciones tienen ese límite del 43%, al presentar la declaración se calcula la cuota real aplicando la escala del IRPF al salario anual. La deducción se determina tomando como referencia el doble de la cuota estatal, lo que explica que supere ligeramente la cantidad retenida durante el año.
Además, el Ejecutivo ha diseñado este beneficio fiscal de forma progresiva, de modo que también favorecerá a salarios inferiores a unos 20.048 euros anuales. La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, subrayó que se trata de una rebaja fiscal de hasta unos 591 euros para sueldos por debajo de los 20.000 euros brutos, con el objetivo de suavizar el llamado "salto" del impuesto, que provoca tipos marginales elevados justo por encima del salario mínimo.
No obstante, la fórmula ha suscitado críticas tanto de técnicos de Hacienda como de agentes sociales. Muchos consideran más adecuado ajustar directamente el mínimo exento al nuevo SMI y reclaman una reforma estructural del IRPF que evite aplicar tipos elevados a rentas bajas y que elimine la necesidad de correcciones anuales.
En el diálogo social también existe consenso en que no se puede eximir indefinidamente del impuesto a los trabajadores con menores ingresos, ya que cada vez representan una proporción mayor del empleo. Algunos proponen, en cambio, una escala adaptada a su capacidad económica. La patronal cuestiona que un salario que antes tributaba deje de hacerlo, mientras que los sindicatos critican que la subida del SMI se compense con una deducción que reduce la recaudación pública.
El Gobierno ha mostrado la evolución del tratamiento fiscal de un salario equivalente al SMI actual -17.094 euros anuales-: en 2012 soportaba un tipo del 11,9%, en 2019 bajó al 8,1% y en 2024 quedó en el 3,5% tras elevarse el mínimo exento. Para este año, el Ejecutivo sostiene que el tipo será del 0%, aunque en la práctica solo lo será si el trabajador presenta la declaración.
Según un estudio del sindicato CCOO, la subida del SMI beneficiará a cerca del 9% de los asalariados, especialmente a mujeres mayores de 35 años con contrato indefinido que trabajan en servicios como comercio u hostelería y residen en comunidades como Canarias, Extremadura, Murcia o Andalucía. Los especialistas confían en que estos trabajadores presenten la declaración para recuperar lo retenido, aunque todavía no se conocen los resultados del primer ejercicio en que se aplicó esta deducción, ya que la campaña correspondiente aún no se ha iniciado.