(Expansión, 12-05-2025) | Fiscal

La Agencia Tributaria tiene previsto exigir a los autónomos que declaren en la Renta de 2025 el resultado de la regularización de sus cotizaciones correspondientes a 2023, en lugar de imputarlas en el ejercicio fiscal en el que realmente realizaron los pagos. Esta decisión ha generado preocupación entre expertos fiscales, que anticipan una avalancha de recursos por parte de los trabajadores por cuenta propia.

Con la entrada en vigor en 2023 del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, se llevó a cabo la primera regularización de cuotas. Ahora, este colectivo se enfrenta a un nuevo problema con su fiscalidad. Según un informe interno de la Agencia Tributaria, fechado el 1 de abril y al que ha accedido EXPANSIÓN, Hacienda planea que las diferencias detectadas en esa regularización -ya sean a favor o en contra del autónomo- se integren en la declaración correspondiente al año en que se resuelve el ajuste (es decir, 2025), y no en la del año 2023, al que realmente corresponden las cuotas regularizadas.

Las aportaciones al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) tienen la consideración de gasto deducible en el IRPF. Por tanto, si tras la revisión de la Seguridad Social se detectan variaciones respecto a lo inicialmente abonado, estas deberían corregirse en la declaración del año 2023 aplicando el principio contable del devengo. No obstante, Hacienda justifica su postura alegando que se trata de un cambio en la estimación contable, y por ello deben reflejarse en el momento en que se resuelve el proceso.

El abogado fiscalista Pablo G. Vázquez discrepa de esta interpretación. Según explica, el nuevo sistema de cotización parte de una previsión de ingresos, que se contrasta con los datos reales al año siguiente, lo que conlleva una regularización que siempre hace referencia al ejercicio anterior. En su opinión, no se trata de un cambio de estimación, por lo que el principio de devengo debería prevalecer y las cantidades corregidas imputarse al ejercicio original, en este caso 2023.

Diversos juristas consultados sostienen que este criterio de Hacienda va en contra de lo dispuesto en la Ley del IRPF, que establece que los ingresos y gastos deben registrarse en el ejercicio al que corresponden, independientemente de cuándo se perciban o paguen. Por ello, anticipan que serán los tribunales los que deberán pronunciarse finalmente sobre a qué ejercicio fiscal se deben atribuir los resultados de estas regularizaciones, tanto para 2023 como para los ejercicios posteriores.

De aplicarse el criterio de la Agencia Tributaria, se podrían generar diversas consecuencias negativas para los autónomos. Por ejemplo, muchos podrían haber cesado su actividad en 2025 y, por tanto, no podrían deducirse las cuotas regularizadas, lo que les impediría beneficiarse fiscalmente. Además, aquellos que hubieran cotizado por encima de sus ingresos y reciban devoluciones tendrían que restarlas de la deducción de las cotizaciones de 2025, lo que incrementaría su base imponible y podría hacer que cambiasen de tramo fiscal. Todo esto se agrava en un contexto en el que el Gobierno mantiene su negativa a deflactar las tarifas del IRPF, lo que podría hacer aún más gravosa la situación para estos contribuyentes.

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