(El Economista, 26-09-2024) | Fiscal
España es la única gran economía de la Unión Europea que sigue manteniendo un impuesto propio sobre los beneficios extraordinarios de los bancos y las empresas energéticas, dos años después de la crisis inflacionaria provocada por la invasión de Rusia a Ucrania. Países como Francia, Alemania e Italia ya no aplican este tipo de tributos, que solo siguen vigentes en algunos países europeos como Hungría, Lituania, Eslovaquia y Chequia, y fuera de la Unión Europea, en Reino Unido. Así lo señala un informe de la organización sin ánimo de lucro Tax Foundation, con sede en Estados Unidos.
En marzo de 2022, la Comisión Europea recomendó a los Estados miembros que implementaran un impuesto temporal sobre los beneficios extraordinarios como parte de su plan REPowerEU. En esa recomendación, Bruselas subrayó que dichas medidas no deberían aplicarse de forma retroactiva, que deberían ser neutrales desde un punto de vista técnico, y que los productores de electricidad deberían poder cubrir sus costes y mantener las señales de mercado y el precio del carbono a largo plazo.
Posteriormente, en octubre de 2022, el Consejo Europeo aprobó una tasa comunitaria de "contribución solidaria". Sin embargo, el Gobierno de Pedro Sánchez ya había introducido en diciembre de ese mismo año un impuesto propio del 1,2% para las energéticas y del 4,8% para las entidades bancarias. Durante el primer año de aplicación de este gravamen, en 2023, la Agencia Tributaria recaudó 2.908 millones de euros, cerca de los 3.000 millones que se habían previsto inicialmente al anunciar el impuesto.
Cristina Enache, economista y autora del informe de Tax Foundation, explicó a elEconomista.es que España no eliminó este tributo en los plazos establecidos por la UE porque se trata de un impuesto propio, no adaptado al marco comunitario. Aunque inicialmente el Ejecutivo de Pedro Sánchez tenía previsto seguir el calendario acordado en el Consejo Europeo, finalmente decidió prorrogar el gravamen hasta 2024.
Además, el Gobierno no atendió las peticiones de las empresas afectadas, que solicitaban que el impuesto se aplicara sobre los beneficios y no sobre los ingresos, ya que consideran que el enfoque actual es confiscatorio. Fuentes del Ministerio de Economía indicaron a elEconomista.es que es probable que esta tasa se mantenga hasta 2025 y que el Ejecutivo continuará con el compromiso firmado en el acuerdo de coalición con Sumar, que busca convertir este impuesto en permanente.
En cuanto a posibles cambios en el gravamen, las mismas fuentes señalaron que estos dependerán de la negociación de los Presupuestos Generales. No obstante, la normativa de la UE estipula claramente que este tipo de impuestos sobre los beneficios extraordinarios deben ser temporales y estar vinculados a una situación económica específica, como lo fue la crisis inflacionaria provocada por la guerra. "La aplicación de la medida debe estar relacionada con una situación de crisis particular", recalca el documento enviado por Bruselas a los Estados.