(El Economista, 03-07-2024) | Fiscal

Hacienda se enfrenta a grandes devoluciones por complicar la fiscalidad de las fusiones. Actualmente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo (TS) están evaluando si la normativa española sobre fusiones es compatible con la Directiva europea.

El régimen fiscal especial para fusiones y escisiones, conocido como régimen FEAC, complica el diferimiento fiscal en las operaciones de escisión. Es decir, cuando una empresa se disuelve y se divide en dos nuevas sociedades en las que los socios no participan en la misma proporción, Hacienda obliga a tributar en el momento de la creación de las nuevas entidades en lugar de permitir diferir el pago de impuestos hasta la venta de las participaciones. Solo se permite diferir el pago de impuestos si los activos adquiridos constituyen ramas de actividad diferenciadas.

La Comisión Europea ha llevado a España ante el TJUE porque considera que la norma impone condiciones restrictivas en lugar de facilitar estas operaciones, como requiere la Directiva europea. De manera paralela, el Tribunal Supremo, en una decisión del 10 de abril, también aceptó un recurso para determinar si es conforme al derecho europeo que en las escisiones donde los socios no mantienen la misma proporción de participaciones solo se difiera el pago de impuestos si el patrimonio adquirido constituye una rama de actividad. No obstante, el Alto Tribunal podría retrasar su resolución hasta que el TJUE se pronuncie.

Rubén Gimeno, secretario técnico del REAF (Registro de Economistas Asesores Fiscales), aconseja a los contribuyentes en esta situación pagar a Hacienda y luego recurrir la liquidación. "Si la justicia decide que la norma española no es acorde a la europea, todos aquellos que hayan solicitado la devolución y tengan el caso aún abierto podrán recuperar lo pagado, más los intereses de demora, que son del 4%", explica. Además, señala que los contribuyentes que hayan pagado y aún estén dentro del período de prescripción de cuatro años también pueden reclamar.

"Estamos hablando de operaciones de gran envergadura", afirma el secretario técnico del REAF. En muchos casos, estas reestructuraciones no buscan la venta, sino favorecer el relevo generacional. Tanto desde el REAF como desde círculos empresariales creen que la justicia fallará en contra de la norma nacional, obligando a su modificación y abriendo la posibilidad de devoluciones millonarias.

Una sentencia desfavorable sería un nuevo revés para la Agencia Tributaria, que ya tiene que devolver, según el Ministerio de Hacienda, más de 11.200 millones de euros por fallos judiciales adversos recientes. Entre estos, destaca la decisión del Tribunal Constitucional de enero que anuló el Real Decreto-ley de 2016 que endureció el Impuesto de Sociedades, lo que implica un coste en devoluciones de 2.838 millones de euros, y la sentencia del TJUE de mayo que declaró ilegal que las comunidades autónomas aplicaran un suplemento al Impuesto de Hidrocarburos entre 2013 y 2018. Hacienda prevé que tendrá que devolver hasta 5.800 millones de euros.

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