(Expansión, 11-06-2026) | Laboral
El Tribunal Supremo ha establecido que las organizaciones empresariales que cumplan los requisitos de representatividad previstos en el Estatuto de los Trabajadores pueden formar parte de los órganos consultivos de la Administración. Así lo recogen tres sentencias dictadas los días 14, 19 y 28 de mayo, en las que el Alto Tribunal desestima los recursos presentados por CEOE, Cepyme y la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) contra el decreto aprobado por el Gobierno en febrero de 2024 para modificar la composición del Consejo Estatal de la Pyme, el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada y el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas (CERSE), permitiendo la incorporación de Conpymes.
Las organizaciones recurrentes defendían que la representación institucional empresarial en el Consejo Estatal de la Pyme debía recaer exclusivamente en las organizaciones empresariales de ámbito estatal y en aquellas de carácter intersectorial autonómico que alcanzaran los niveles mínimos de representatividad establecidos legalmente. Además, sostenían que dichos criterios se determinan en función del número de empresas asociadas y de trabajadores representados, sin tener en cuenta el tamaño de las compañías integradas en cada organización.
No obstante, el Supremo considera que aceptar esta interpretación supondría, en la práctica, concentrar la representación empresarial en unas pocas organizaciones, convirtiéndolas en interlocutores exclusivos frente a las administraciones públicas. Los magistrados subrayan que tanto el Consejo Estatal de la Pyme como el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada son órganos de naturaleza consultiva y sin capacidad decisoria, cuya actividad afecta directamente a las pequeñas y medianas empresas. Por ello, consideran razonable que en estos foros exista una representación más amplia y diversa.
La sentencia señala que esta pluralidad puede incluir tanto a las organizaciones empresariales de ámbito estatal consideradas más representativas como a aquellas que defienden específicamente los intereses de las pequeñas y medianas empresas. Sin embargo, aclara que todas las entidades que aspiren a ocupar estos puestos deberán acreditar los niveles de representatividad exigidos por la disposición adicional sexta del Estatuto de los Trabajadores, que establece un mínimo del 10% de representación de empresas y trabajadores a nivel estatal o del 15% en el ámbito autonómico.
Desde CEOE interpretan que el fallo reconoce la posibilidad de que exista una representación más diversa en determinados órganos de carácter consultivo relacionados con las pymes. A su juicio, la resolución diferencia claramente entre la participación en organismos de asesoramiento, donde pueden intervenir distintas organizaciones empresariales para aportar propuestas y experiencia, y el diálogo social institucionalizado, la concertación social y la negociación colectiva, ámbitos reservados a las organizaciones empresariales reconocidas legalmente como más representativas y amparadas por el artículo 7 de la Constitución.
Asimismo, la sentencia deja claro que la presencia en estos órganos consultivos está condicionada al cumplimiento de los criterios de representatividad establecidos por la legislación laboral. Las resoluciones del Supremo consolidan así la presencia de Conpymes en los organismos consultivos impulsados por el Gobierno. Esta decisión había generado un importante malestar en CEOE y Cepyme, que consideraban que el Ejecutivo estaba alterando los criterios tradicionales de representatividad para favorecer a una organización empresarial próxima a sus planteamientos políticos.
Conpymes fue creada en mayo de 2021 en un contexto de tensiones entre el Gobierno de coalición formado entonces por PSOE y Unidas Podemos y las principales organizaciones empresariales, especialmente en debates relacionados con la reforma laboral y las sucesivas subidas del salario mínimo interprofesional. La asistencia de la entonces vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, así como de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, al acto de presentación de la nueva patronal alimentó las críticas de CEOE y Cepyme, que interpretaron el respaldo institucional como un intento de promover una alternativa empresarial alineada con el Ejecutivo.
El Consejo Estatal de la Pyme es un órgano consultivo adscrito al Ministerio de Industria y Turismo cuya función principal es servir de espacio de diálogo entre las administraciones públicas y los agentes económicos para diseñar y evaluar políticas relacionadas con las pequeñas y medianas empresas. Entre sus competencias figuran la elaboración de informes sobre iniciativas normativas, el análisis de la evolución del tejido empresarial, el impulso al emprendimiento y la formulación de propuestas destinadas a mejorar la competitividad, el acceso a la financiación y la internacionalización de las empresas.
Su composición incluye representantes de distintos ministerios, de las comunidades autónomas, de las entidades locales y de los principales agentes sociales. Tradicionalmente, la representación empresarial dentro de este órgano había estado integrada fundamentalmente por CEOE y Cepyme. Tras la reforma aprobada por el Gobierno y avalada ahora por el Tribunal Supremo, los ocho puestos reservados a las organizaciones empresariales se distribuyen de forma que siete corresponden a CEOE y Cepyme, mientras que uno queda asignado a Conpymes, formalizando así su incorporación al Consejo Estatal de la Pyme.