(El Economista, 23-06-2026) | Laboral
El Tribunal Supremo ha confirmado que los trabajadores pueden disfrutar del permiso retribuido de cinco días para el cuidado de familiares hospitalizados incluso cuando el paciente recibe el alta hospitalaria, siempre que exista prescripción de reposo domiciliario.
En una sentencia fechada el 22 de abril, el Alto Tribunal aclara que el alta hospitalaria no implica necesariamente la finalización del permiso si no va acompañada del alta médica. Según explica, el hecho de abandonar el hospital solo indica que el paciente ya no necesita ingreso, pero no que haya finalizado su proceso de recuperación ni que no requiera cuidados en casa.
El Supremo resolvía así el recurso presentado por una empresa que defendía una interpretación más restrictiva del permiso, según la cual este solo debía aplicarse durante el ingreso hospitalario o, como máximo, en casos de intervención quirúrgica sin hospitalización. La compañía sostenía que el reposo domiciliario no debía justificar la prolongación del permiso.
Sin embargo, el tribunal rechaza este planteamiento y recuerda que la reforma del permiso en junio de 2023 amplió su duración a cinco días, independientemente de la existencia de traslado, siempre que concurran las circunstancias previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
El artículo 37.3 del Estatuto establece que este permiso se reconoce en casos de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que requiera reposo en domicilio de familiares hasta segundo grado, ya sea por consanguinidad o afinidad.
El Supremo subraya que la clave para determinar la duración del permiso no es el alta hospitalaria en sí misma, sino la situación médica del paciente. En concreto, el derecho se mantiene cuando, tras el alta del hospital, no se ha producido el alta médica y se ha indicado reposo domiciliario porque el paciente continúa necesitando cuidados.
De este modo, el tribunal consolida un criterio que amplía la protección de los trabajadores, al entender que el permiso debe cubrir todo el periodo en el que el familiar enfermo siga requiriendo atención, más allá del ingreso hospitalario.