(El País, 01-04-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El Tribunal Supremo ha asestado un duro revés a uno de los productos financieros más controvertidos de los últimos años. En una reciente sentencia, ha declarado nulas las hipotecas multidivisa comercializadas por Barclays -posteriormente asumidas por CaixaBank tras la adquisición de su negocio minorista en 2014- al considerarlas abusivas y carentes de transparencia, debido a que no se informó adecuadamente a los clientes sobre los riesgos que implicaban. Como consecuencia, se ordena eliminar la cláusula multidivisa en estos contratos y convertirlos a euros, lo que supone un respiro para numerosos afectados.

Esta decisión llega tras un largo proceso judicial impulsado por la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), que presentó una demanda colectiva hace casi diez años, liderada por la abogada María José Lunas. La asociación aún mantiene abiertos procedimientos similares contra productos de Bankinter y del antiguo Banco Popular, ahora en manos de Santander. Aunque no es la primera vez que los tribunales cuestionan estas hipotecas, la sentencia refuerza la idea de que se comercializaron sin explicar correctamente sus riesgos.

Las hipotecas multidivisa eran préstamos complejos, referenciados a monedas extranjeras como el yen japonés o el franco suizo, pese a que los clientes operaban en euros. Se popularizaron entre 2006 y 2009 como una opción aparentemente más económica, en un contexto en el que el euríbor rondaba el 5%. La clave de su atractivo residía en los bajos tipos de interés de países como Japón o Suiza, lo que permitía cuotas iniciales más reducidas.

Sin embargo, muchas entidades no explicaron adecuadamente el riesgo de tipo de cambio. Esto implicaba que la deuda no solo dependía del interés, sino también de la evolución de la divisa. Si el euro se debilitaba frente a esas monedas, como ocurrió tras la crisis, los clientes veían cómo aumentaban tanto sus cuotas mensuales como el capital pendiente, incluso después de años pagando.

Esta situación llevó a miles de familias a escenarios muy complicados, llegando a deber más dinero del que habían solicitado inicialmente. Por ejemplo, un préstamo de 200.000 euros podía transformarse en una deuda superior a 240.000 únicamente por la evolución de la divisa, generando una oleada de reclamaciones.

El Supremo considera probado que Barclays no proporcionó información suficiente para que un consumidor medio entendiera el funcionamiento real del producto. Según la sentencia, no se explicó correctamente el impacto que podía tener la variación del tipo de cambio, lo que impidió a los clientes comparar esta oferta con una hipoteca convencional en euros.

El tribunal insiste en que no basta con conocer que las divisas fluctúan, sino que es esencial comprender que esas variaciones pueden disparar la deuda y las cuotas hasta niveles difíciles de asumir. Por ello, concluye que la falta de transparencia genera un desequilibrio grave en perjuicio del consumidor y vulnera el principio de buena fe.

La resolución obliga a sustituir todas las referencias a monedas extranjeras por euros en los contratos afectados, eliminando definitivamente el carácter multidivisa. Para muchas familias que no reclamaron en su momento, esta conversión supone salir de un producto que les había generado importantes dificultades económicas.

No obstante, la sentencia no contempla la devolución automática de los importes pagados de más, ya que esta cuestión no formaba parte del procedimiento. Para recuperar ese dinero, los afectados deberán iniciar demandas individuales en las que se recalculen sus hipotecas como si siempre hubieran estado referenciadas en euros.

Fuentes jurídicas señalan que el alcance de la sentencia se limita a las hipotecas originadas en Barclays, una cartera concreta y relativamente reducida. CaixaBank será la encargada de aplicar el fallo, no por haber comercializado estos productos, sino por haber asumido los contratos.

También se apunta que una parte relevante de estos préstamos está vinculada al yen, una divisa que desde 2024 ha evolucionado de forma favorable para algunos clientes, lo que podría hacer que no todos estén interesados en aplicar esta resolución.

No existen cifras exactas sobre el número de afectados, aunque en 2015 se estimaba que varias entidades comercializaron este tipo de hipotecas por un volumen superior a 4.700 millones de euros. Barclays figuraba entre las principales.

Desde Asufin valoran positivamente la anulación de la cláusula y la conversión a euros, pero critican que los clientes tengan que reclamar de forma individual para recuperar el dinero pagado de más. Consideran que lo deseable sería una solución colectiva que evitara este proceso.

ARE YOU LOOKING

FOR PERSONAL OR BUSINESS ADVICE?

Make your inquiry online or come visit us