(Expansión, 16-06-2025) | Mercantil, civil y administrativo

A partir del próximo 1 de julio, entrará en vigor de forma efectiva un nuevo control obligatorio sobre las viviendas turísticas y de alquiler temporal. Desde esa fecha, cualquier inmueble que no esté inscrito en el registro oficial no podrá anunciarse en plataformas digitales como Airbnb, y su actividad se considerará ilegal, lo que implicará sanciones.

Aunque la normativa comenzó a aplicarse en enero, se estableció un periodo de adaptación de seis meses para que los propietarios pudieran completar los trámites necesarios. Ahora, ese plazo está por concluir, y las autoridades exigirán el número de registro a todas las viviendas destinadas a estancias cortas a cambio de una retribución, ya sea de uso completo, por habitaciones o por temporadas.

El objetivo de esta iniciativa, impulsada también por la Unión Europea, es aumentar la transparencia en este mercado y reducir la oferta no regulada. Las plataformas digitales tendrán un papel decisivo, ya que están obligadas a colaborar con las administraciones, verificando la autenticidad de los números de registro y eliminando los anuncios que no cumplan con los requisitos. De hecho, si detectan irregularidades, deberán informar a las autoridades y retirar el anuncio en un plazo de 48 horas.

La normativa también contempla sanciones económicas para quienes intenten eludir el registro. Mientras se define un marco sancionador específico, se aplicarán las leyes existentes a nivel estatal, autonómico y municipal. Por ejemplo, en Madrid, operar sin licencia puede implicar multas desde los 30.000 euros, aunque en el resto del país las sanciones pueden oscilar entre los 2.000 y los 500.000 euros.

Este nuevo registro funcionará como un filtro que impedirá a muchas propiedades operar al margen de la legalidad. Se espera que numerosos inmuebles que no consigan regularizarse se vean forzados a abandonar el mercado turístico, ya que sin acceso a las plataformas será difícil conseguir clientes, y además quedarán expuestos a sanciones.

Los expertos consideran que esta medida puede abrir la puerta a futuras regulaciones. Una vez que se tenga un censo claro de las viviendas turísticas, será más sencillo aplicar medidas fiscales, como la propuesta del PSOE para imponer un IVA del 21% a los alquileres de corta duración (menos de 30 noches). Esta iniciativa pretende gravar más intensamente estas actividades al considerarlas un negocio diferente del uso residencial tradicional.

La proposición de ley socialista incluye una excepción: no se aplicará esta subida del IVA en municipios con menos de 10.000 habitantes, con el fin de no perjudicar el desarrollo turístico en zonas rurales o de menor tamaño.

El auge del alquiler turístico en España ha sido notable en los últimos años. En 2024, según Eurostat, las pernoctaciones en este tipo de alojamientos aumentaron casi un 21%, superando los 170 millones. Esto sitúa a España como el segundo país de la Unión Europea con más reservas en pisos turísticos, solo por detrás de Francia (192 millones), y por delante de Italia, Alemania, Grecia y Portugal. Estas cifras reflejan el impacto que podrían tener estas nuevas restricciones sobre uno de los mercados turísticos más dinámicos del continente.

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