(El Economista, 05-06-2025) | Fiscal
Especialistas en materia tributaria advierten que la iniciativa del Gobierno para aplicar un IVA del 21% a los pisos turísticos podría contravenir la Constitución y ser objeto de impugnación judicial una vez que se apruebe. Esta medida forma parte de una proposición de ley presentada por el grupo socialista en el Congreso el pasado 22 de mayo, cuyo objetivo es facilitar el acceso al alquiler mediante diversas medidas que, según estos expertos, presentan dudas de legalidad. Entre ellas se encuentra la intención de aplicar el tipo general del IVA a los pisos turísticos, como forma de frenar esta modalidad de arrendamiento.
Actualmente, estos inmuebles se consideran viviendas y están exentos del IVA, salvo en los casos en que se presten servicios similares a los de un hotel, como limpieza o cambio de sábanas durante la estancia, en cuyo caso se les aplica un 10%. Sin embargo, la nueva propuesta busca gravar con el 21% a todos los pisos turísticos alquilados por menos de 30 días y situados en localidades de más de 10.000 habitantes, independientemente de si ofrecen servicios adicionales o no.
Esaú Alarcón, abogado fiscalista y profesor de Derecho Tributario en la Universidad Complutense, califica esta medida como especialmente grave, ya que no solo elimina la exención del impuesto, sino que impone una carga fiscal superior a la de los hoteles. Según él, esto implica una clara discriminación hacia este tipo de alojamiento, ya que lo razonable sería aplicarles el mismo tipo reducido si se busca asimilarlos a la industria hotelera. Alarcón considera que esta diferencia de trato vulnera el principio de igualdad y plantea serias dudas sobre su constitucionalidad.
Además, el proyecto legislativo contempla un nuevo impuesto que afectaría a ciudadanos extracomunitarios que adquieran viviendas en España, obligándoles a pagar en impuestos una cantidad igual al precio del inmueble. Es decir, si compran una vivienda por 500.000 euros, tendrían que abonar otros 500.000 en concepto de tributos. El experto considera que esta carga tiene un carácter confiscatorio, algo que podría contradecir principios constitucionales, ya que el Tribunal Constitucional ha establecido en el pasado que una tributación cercana al 100% puede considerarse excesiva.
A esto se suma el posible conflicto con la normativa europea, especialmente con la libre circulación de capitales recogida en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que protege no solo a los ciudadanos de los países miembros, sino también a los de terceros países. Alarcón anticipa que, si la propuesta es finalmente aprobada, llevará el caso ante la Comisión Europea y recuerda que los afectados deberán pagar el impuesto antes de poder impugnarlo judicialmente.
Una vez publicada la norma, podrán presentar recurso de inconstitucionalidad tanto los grupos parlamentarios del Congreso y el Senado como los gobiernos autonómicos y asambleas regionales que se consideren perjudicados. También los jueces que conozcan casos concretos podrán plantear la cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.