(El País, 14-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo
El Gobierno ha puesto en marcha por la vía de urgencia la modificación de los estatutos del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para adaptar su estructura y funcionamiento al fondo España Crece. La propuesta, promovida por el Ministerio de Economía y aprobada por el órgano de gobierno de la entidad, se ha sometido este martes a audiencia pública y reemplazará la normativa vigente desde 1999. El objetivo es adecuar el organismo a las necesidades de este programa, que dispone de una dotación de 13.691 millones de euros: 10.891 millones proceden de una ampliación de capital y los 2.800 millones restantes, de transferencias no reembolsables para financiar el componente concesional de determinadas operaciones.
El Ejecutivo presenta España Crece como un fondo soberano, aunque se trata de un vehículo financiero concebido para prolongar el impulso inversor del plan de recuperación europeo, cuyo periodo de ejecución finalizó el 31 de agosto de 2026. El programa se integra en la adenda de simplificación del plan, aprobada por el Consejo de Ministros a finales de 2025, y pretende mantener la inversión pública mediante un sistema de financiación estable y sin una fecha límite predeterminada. Para ello, el ICO conservará su condición de entidad pública empresarial, entidad de crédito y Agencia Financiera del Estado, pero dispondrá de una estructura específica para administrar los nuevos fondos y dirigirlos hacia proyectos estratégicos.
Uno de los cambios centrales consiste en dividir la actividad financiera del organismo en dos carteras contables diferenciadas. La de Financiación Promocional reunirá las operaciones destinadas a corregir deficiencias del mercado y atraer financiación privada hacia sectores prioritarios. La de Financiación Transversal, por su parte, englobará el resto de las operaciones, activos y compromisos del ICO, como complemento a la oferta de crédito privada. Aunque ambas seguirán formando parte del balance de la institución, sus recursos y resultados se contabilizarán por separado. De este modo, las pérdidas de una cartera no podrán cargarse a los fondos propios asignados a la otra. La separación busca reforzar la transparencia en el uso del capital público y delimitar los riesgos de cada actividad.
Los nuevos estatutos también definen con mayor precisión la función del ICO en la política de inversión pública y amplían el margen de actuación de la cartera promocional. Entre los ámbitos prioritarios figuran las pequeñas y medianas empresas, los autónomos y las compañías en expansión, así como las inversiones en capital riesgo y capital paciente, orientadas a captar recursos privados para iniciativas que requieren financiación a largo plazo. También se dará prioridad a tecnologías estratégicas y emergentes, como la inteligencia artificial, la computación cuántica, los semiconductores, la ciberseguridad y la biotecnología. A estas áreas se suman las tecnologías de doble uso, la reindustrialización, la transición energética, la gestión del agua y la vivienda asequible. Las actuaciones de carácter promocional deberán canalizarse a través de programas o líneas específicas con criterios objetivos para evitar alteraciones de la competencia.
La reforma facultará asimismo al ICO para adquirir participaciones minoritarias directas en empresas no financieras, sin llegar a controlar su gestión, con el fin de respaldar proyectos considerados estratégicos, incluidos los relacionados con la vivienda. En cuanto a la gobernanza, se mantiene el Consejo Rector, compuesto por diez vocales -cuatro independientes y seis representantes de la Administración-, y se incorpora una nueva Comisión de Financiación Promocional.
El texto reorganiza además los procedimientos de contratación mediante la creación de un comité colegiado. Se mantienen tanto la garantía del Estado para captar financiación como la prohibición de aceptar depósitos del público. Cada una de las dos carteras deberá cumplir de manera independiente los requisitos bancarios de solvencia y liquidez. El ICO continuará bajo la supervisión del Banco de España y el control de los organismos fiscalizadores, y deberá respetar los principios de subsidiariedad y adicionalidad, mantener el equilibrio financiero y ajustarse a la normativa europea sobre ayudas de Estado.