(El País, 12-01-2026) | Laboral

Existen diversas normas impulsadas desde los ministerios económicos y sociales que podrían salir adelante mediante vías reglamentarias, sin necesidad de someterse a la aprobación del Parlamento. El desarrollo normativo más avanzado es el que refuerza los sistemas de control de la jornada laboral en las empresas. Esta regulación, amparada por el Estatuto de los Trabajadores -en concreto por su artículo 34.7-, se encuentra pendiente de recabar los informes obligatorios, entre ellos los del Consejo Económico y Social y la Agencia Española de Protección de Datos, antes de su aprobación definitiva por el Consejo de Ministros. Según afirmó la semana pasada el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, este trámite se completará en breve.

El real decreto introduce cambios relevantes, como la obligatoriedad de que el registro horario sea digital, salvo en casos justificados, ya que actualmente puede realizarse en papel. Además, deberá ser verificable y permitir el acceso en tiempo real a la Inspección de Trabajo. También establece que los fichajes se efectúen diariamente por el propio trabajador, de forma personal y libre, e incluyan con precisión la hora y el minuto de inicio y fin de la jornada, así como de cada pausa realizada. Asimismo, deberá constar el número exacto de horas ordinarias, extraordinarias y complementarias realizadas cada día, y en el caso de las horas extra, la forma concreta de compensación, ya sea económica o mediante descanso.

El Ministerio de Trabajo, encabezado por la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz, tiene además pendientes de aprobación inmediata otros dos reales decretos vinculados al salario mínimo interprofesional. El primero recogerá el incremento del 3,1% previsto para 2026, con efectos retroactivos desde el 1 de enero, tal y como se anunció recientemente. El segundo, aún en negociación con los agentes sociales, pretende aclarar la regulación vigente del SMI y, si se aprueba en los términos pactados entre Trabajo y los sindicatos el pasado año -con la oposición de la patronal-, restringirá al máximo la posibilidad de que las subidas del salario mínimo queden neutralizadas mediante la compensación o absorción con determinados complementos salariales.

En el ámbito de la prevención de riesgos laborales, Trabajo aspira también a sacar adelante nueva normativa. Durante cerca de 20 meses ha intentado consensuar con empresarios y sindicatos reformas tanto de la ley de prevención de riesgos laborales como del reglamento de los servicios de prevención ajenos, obligatorios para todas las empresas y que las de menor tamaño suelen externalizar. La modificación de este último contemplaba, entre otras cuestiones, una regulación más detallada para el sector de la ayuda a domicilio. Sin embargo, la falta de acuerdo, tras el rechazo de la patronal a finales de año, ha llevado al ministerio a prever que estos cambios se pacten únicamente con los sindicatos.

La intención inicial es llevar ambas reformas al Parlamento, aunque, si no se alcanzan los apoyos necesarios -una posibilidad muy probable en el contexto actual-, el Ministerio de Trabajo recurrirá a la misma fórmula empleada con la reducción de jornada y el registro horario. Esto implicaría aprobar de forma unilateral un nuevo reglamento de los servicios de prevención ajenos y, al mismo tiempo, extraer de la ley de prevención aquellas materias que cuenten con habilitación en otras normas para regularlas mediante real decreto. Entre ellas podrían encontrarse el reglamento de Lugares de Trabajo, especialmente en lo relativo a las condiciones climáticas, o el de Coordinación de Actividades Empresariales, que establece las medidas preventivas cuando varias empresas operan en un mismo centro de trabajo.

En materia laboral aún existe otro frente en el que el Ministerio podría optar por la vía reglamentaria en lugar de la legislativa. Se trata del proyecto de ley para incorporar al ordenamiento español la directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, que debería haberse transpuesto antes del 1 de enero de 2022. El bloqueo de esta norma en el Congreso ha provocado que la Comisión Europea haya abierto un procedimiento de infracción contra España y haya llevado el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con el consiguiente riesgo de sanciones económicas. Ante esta situación, las fuentes consultadas señalan que el Gobierno podría aprobar por decreto algunas de las medidas contenidas en el proyecto, como las relativas a los elementos esenciales del contrato de trabajo.

Por su parte, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por la portavoz del Gobierno Elma Saiz, tiene en marcha una reforma de calado relacionada con la jubilación flexible, aquella modalidad que permite compatibilizar una parte de la pensión con un trabajo a tiempo parcial tras la jubilación. La reforma de pensiones aprobada en diciembre de 2024 obligaba al Ejecutivo a presentar en el plazo de seis meses una propuesta de modificación del real decreto que regula esta figura. Aunque la iniciativa sigue siendo objeto de análisis y negociación en el marco del diálogo social, al estar regulada por decreto y no por ley, puede aprobarse sin intervención parlamentaria.

Entre los cambios que se estudian figura la mejora de la pensión para los jubilados anticipados forzosos que regresen al mercado laboral, así como una mayor flexibilidad en los porcentajes de jornada exigidos, que podrían situarse entre el 40% y el 80%. Asimismo, se contempla que, si la jornada trabajada alcanza al menos el 60%, la parte de pensión compatible se incremente entre un 10% y un 20%, aunque estas propuestas aún no están cerradas.

Por último, el departamento de Seguridad Social tiene pendiente la aprobación de otras normas reglamentarias que afectan a la gestión administrativa de las bajas por incapacidad temporal. Este real decreto, también debatido con los agentes sociales, supondrá una profunda reorganización del sistema de evaluación de las incapacidades y prevé la creación de una Unidad Central de Evaluación de Incapacidades, dependiente del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que irá sustituyendo progresivamente a los actuales equipos provinciales encargados de esta función.

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