(Expansión, 08-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Uno de los cambios más relevantes del anteproyecto de ley para regular el crédito al consumo aprobado ayer por el Gobierno es la fuerte limitación de los agentes que podrán operar en este ámbito, con el objetivo de reforzar la protección de los consumidores. La norma elimina la posibilidad de que concesionarios de automóviles o grandes superficies de muebles y electrodomésticos cobren por financiar la compra de sus propios productos o servicios.

"Para garantizar la defensa del consumidor cerramos uno de los vacíos de la legislación vigente: establecemos una reserva de actividad de modo que solo las entidades autorizadas por el Banco de España podrán conceder créditos al consumo", señaló el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, tras el Consejo de Ministros que dio luz verde al anteproyecto.

En consecuencia, concesionarios y grandes comercios dejarán de poder percibir ingresos por la concesión de financiación, salvo en los casos de ofertas con interés cero. Los contratos firmados por operadores no autorizados carecerán de validez legal. No obstante, estos establecimientos podrán seguir colaborando con entidades financieras especializadas que ofrezcan créditos para la compra de productos de su catálogo.

Al mismo tiempo, con el propósito de fomentar la competencia y profesionalizar el sector incorporando operadores hasta ahora no regulados, se crean dos nuevas figuras: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (Efcal) y los prestamistas de alto coste autorizados. Todos ellos estarán sometidos a la supervisión del Banco de España. Además, se refuerzan los controles de solvencia con la obligación de consultar el historial crediticio del cliente para reducir el riesgo de sobreendeudamiento.

El Ejecutivo ha decidido intervenir de forma directa en el mercado del crédito al consumo mediante la fijación de límites a sus precios, con el fin de frenar el endeudamiento excesivo de los hogares y las prácticas abusivas. Este es el eje central del anteproyecto aprobado en el primer Consejo de Ministros del año, que introduce topes a los intereses de productos como microcréditos, tarjetas revolving y préstamos rápidos ofrecidos por plataformas digitales.

Según explicó el ministro de Economía, la iniciativa pretende fortalecer la protección de familias y consumidores -especialmente los más vulnerables- y aportar mayor seguridad jurídica a las entidades tradicionales ante la aparición de nuevos modelos digitales.

Cuerpo subrayó que la situación financiera de los hogares españoles es, en términos generales, sólida y sin problemas generalizados de sobreendeudamiento. No obstante, advirtió de una "aceleración del crédito al consumo", que en noviembre de 2025 creció un 10% interanual hasta alcanzar los 114.000 millones de euros, equivalentes al 15% del total del crédito, una cifra récord. En este contexto, el Gobierno ha impulsado una "reforma integral" destinada a prevenir el endeudamiento excesivo, mejorar la transparencia y reforzar la rendición de cuentas.

El paquete normativo se articula a través de un anteproyecto de ley acompañado de un real decreto de desarrollo, con el que se incorporan al ordenamiento español las últimas directivas europeas sobre crédito al consumo y servicios financieros a distancia. Ambos textos permanecerán en fase de audiencia pública hasta el 30 de enero para recoger aportaciones de los distintos interesados.

La principal innovación del plan es la introducción de límites a los costes del crédito, siguiendo modelos ya aplicados en otros países europeos. La norma fijará un umbral máximo de TAE a partir del tipo medio del crédito al consumo -actualmente en torno al 7%- al que se añadirán márgenes variables según el importe del préstamo.

Tomando como referencia el TAE medio de octubre de 2025, el Ministerio de Economía propone un margen adicional máximo de 15 puntos para préstamos de hasta 1.500 euros (22%); de 10 puntos para importes entre 1.500 y 6.000 euros (17%); de 8 puntos para cuantías superiores con plazos de hasta ocho años (15%); y de 6 puntos para los préstamos de mayor importe (13%). El Banco de España, encargado de supervisar a las entidades autorizadas, revisará estos límites de forma trimestral.

Hasta que entre en vigor el real decreto que concrete estos tramos, el anteproyecto establece un tope transitorio del 22%, que se aplicará tanto a las nuevas operaciones como a la liquidación de los saldos vivos de las tarjetas revolving a partir de ese momento.

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