(Expansión, 27-06-2024) | Mercantil, civil y administrativo

El Ministerio de Vivienda está considerando modificar la Ley de Propiedad Horizontal, inspirándose en dos sentencias del Tribunal Supremo que permiten esta acción si los estatutos del edificio prohíben actividades económicas. La regulación de los pisos turísticos se ha convertido en una de las principales prioridades del Ministerio de Vivienda, a pesar de enfrentarse a varios desafíos competenciales: por un lado, con las comunidades autónomas y ayuntamientos, que tienen la mayoría de competencias en materia de vivienda; por otro, con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, dado que se trata de una actividad turística y económica. No obstante, el Ministerio de Vivienda busca áreas de actuación.

Ayer, la ministra del ramo, Isabel Rodríguez, defendió en una entrevista en Telecinco la posibilidad de reformar la Ley de Propiedad Horizontal para que las comunidades de propietarios puedan decidir si prohíben los pisos turísticos, considerándolos una actividad económica. Según ella, esto se trata de "empoderar" a las comunidades para que puedan tomar estas decisiones.

Es importante destacar que la Ley de Propiedad Horizontal, tras una modificación legislativa en 2019, permite a los propietarios "limitar o condicionar" la actividad de las viviendas turísticas con una mayoría de tres quintos. Sin embargo, la redacción es ambigua, ya que hay una diferencia significativa entre limitar, condicionar y prohibir. A pesar de esto, el Gobierno se apoya en jurisprudencia reciente. Dos sentencias del Tribunal Supremo de finales del año pasado establecieron la posibilidad de vetar los pisos turísticos en comunidades de propietarios cuyos estatutos prohíban "expresamente la utilización de viviendas para ejercer una actividad económica". La ministra mencionó estos "pronunciamientos del Supremo" después de reunirse con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), en un encuentro donde se acordó decidir "qué camino seguir" en términos de legislación y actuación sobre vivienda turística.

Rodríguez admitió que aún no se ha profundizado en posibles modificaciones de la norma, por lo que es pronto para saber si la idea es cambiar la redacción actual y hablar más concretamente de prohibición. En cualquier caso, un cambio en la norma para dar mayor poder de decisión a los propietarios ha sido bien recibido. Desde el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) ven la propuesta con buenos ojos, aunque con prudencia por no conocer todavía los detalles de los cambios y lamentando que no se haya tenido en cuenta al sector para esta modificación.

Lorenzo Viñas, miembro de la Junta de Gobierno del CGCAFE y presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona y Lérida, afirmó que la propuesta del Gobierno podría ayudar a reducir los problemas y molestias que generan los pisos turísticos en las comunidades, aunque expresó dudas sobre la motivación del Gobierno, ya que Rodríguez vincula el crecimiento de las viviendas turísticas con el acceso a la vivienda, que se ha encarecido dramáticamente en España en los últimos años, especialmente en grandes ciudades y zonas turísticas.

Tomando el ejemplo de Barcelona, donde el alcalde Jaume Collboni anunció la semana pasada la desaparición del alquiler turístico para 2028, Viñas argumentó que "el impacto es de 10.000 pisos, solo el 0,78% del parque inmobiliario de la ciudad". Un porcentaje que considera insuficiente para influir en la bajada de precios de la vivienda. Viñas se preguntó si estas medidas en materia de alquiler turístico son "realmente un salvavidas para la vivienda residencial".

En cualquier caso, Viñas cree que, si se modifica la ley para que los propietarios puedan prohibir los pisos turísticos, muchas comunidades se acogerían a esta posibilidad: "Habría muchísimas comunidades, un número singular, que instarían a este bloqueo", especialmente en ciudades como Barcelona, donde ha habido "un crecimiento espectacular y exponencial" de viviendas turísticas, tanto legales como ilegales. No obstante, Viñas hizo dos puntualizaciones. La primera, que esta prohibición debería aplicarse solo en ciudades o zonas donde el alquiler turístico sea un fenómeno muy extendido. La segunda, que la propiedad horizontal no está para parches como este, sino que necesita una nueva ley que aborde otras cuestiones como la simplificación en la reclamación de deudas, entre otras.

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