(El Economista, 04-09-2026) | Laboral

España mantiene pendiente la transposición de varias directivas europeas en materia laboral, entre ellas la relativa a los salarios mínimos. El Ministerio de Trabajo trasladó el borrador de esta norma a los agentes sociales hace casi un año, pero su aprobación por el Consejo de Ministros no se contempla a corto plazo. El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, explicó que el texto continúa a la espera de los informes de otros ministerios y de los órganos consultivos antes de ser remitido al Consejo de Estado. Todo apunta incluso a que la reforma podría retrasarse hasta 2027.

El proyecto genera una fuerte oposición por parte de la CEOE y, al mismo tiempo, constituye una de las condiciones planteadas por CCOO y UGT para respaldar la subida del salario mínimo interprofesional del 3,1% aprobada a comienzos de año, que situó el SMI en 1.221 euros. La reforma pretende modificar las reglas de absorción y compensación de determinados complementos salariales. Estas reglas, respaldadas actualmente por el Tribunal Supremo, permiten que las empresas compensen las subidas del SMI con determinados complementos que ya perciben los trabajadores, evitando así que el incremento del salario mínimo se traduzca necesariamente en un aumento equivalente de la remuneración total.

Los sindicatos consideran que esta situación perjudica especialmente a quienes cobran salarios ligeramente superiores al SMI y dejan de percibir una compensación específica por factores como la peligrosidad del puesto, el conocimiento de idiomas o una mayor disponibilidad. Sin embargo, empresarios y distintos especialistas en derecho laboral advierten de que modificar estas reglas podría alterar las estructuras salariales establecidas en convenios colectivos o contratos individuales. A su juicio, una modificación de este alcance debería realizarse mediante una ley y no a través de un real decreto.

La tramitación de una norma de estas características suele prolongarse entre cuatro y ocho meses, aunque los plazos dependen en gran medida del respaldo político y del grado de acuerdo dentro del Gobierno. El periodo de audiencia pública del proyecto terminó en marzo y, desde entonces, los distintos ministerios implicados están elaborando sus informes. Posteriormente, el Consejo de Estado dispondría de hasta dos meses para emitir su dictamen.

El calendario adquiere especial relevancia porque las negociaciones con sindicatos y empresarios para determinar la actualización del SMI de 2027 suelen comenzar antes de que termine el año. Si la reforma no avanza con rapidez, ambos procesos podrían coincidir. CCOO y UGT ya han advertido de que consideran imprescindible aprobar previamente este real decreto para volver a negociar una nueva subida del salario mínimo. Desde CCOO, Javier Pacheco ha señalado que el sindicato no respaldará otro acuerdo sobre el SMI si antes no se cumple el compromiso asumido para modificar estas reglas.

El retraso recuerda al que está sufriendo la reforma del registro de jornada. En ese caso, el Consejo de Estado emitió su dictamen a finales de marzo, pero el proyecto todavía no ha llegado al Consejo de Ministros debido a las diferencias existentes dentro del Gobierno, especialmente con el Ministerio de Economía. La patronal considera que el nuevo texto sobre el SMI podría generar un conflicto todavía mayor, al entender que pretende modificar aspectos del Estatuto de los Trabajadores que, en su opinión, deberían abordarse mediante una norma con rango de ley y someterse a votación en el Congreso.

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