(El Periódico, 27-10-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar este martes una de las reformas legales más importantes de las últimas décadas: la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim). Este proyecto, pendiente desde hace casi quince años, supondrá una transformación profunda del proceso penal español. El texto que el Gobierno enviará al Congreso establece que las investigaciones penales pasarán a ser competencia de los fiscales, en lugar de los jueces de instrucción, siguiendo el modelo vigente en la mayoría de países europeos y que ya se aplica en España en casos de la Fiscalía Europea y en los delitos cometidos por menores.

Además, el proyecto incluye una reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), que desvincula el mandato del fiscal general del ciclo político, y una limitación de la acusación popular, que dejará de poder ser ejercida por partidos políticos y sindicatos, restringiéndose a entidades con un "interés legítimo" en la causa.

La nueva norma, que pasará a denominarse Loecrim (al ser ley orgánica), implicará un cambio estructural respecto al sistema actual, vigente desde 1882. Aunque la Lecrim ha sido modificada en múltiples ocasiones, su estructura básica sigue siendo la del siglo XIX. El Ministerio de Justicia, con la colaboración de jueces, fiscales y juristas, lleva años trabajando en este proyecto, que por fin llegará al Parlamento tras numerosos intentos fallidos.

El eje central de la reforma es el traslado de la instrucción penal a la Fiscalía. Esta idea ya se contempló en un anteproyecto de 2011, durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, y en otro de 2012, elaborado bajo el mandato de Mariano Rajoy, aunque ninguno llegó a prosperar. El actual texto retoma la propuesta impulsada en 2020 por el entonces ministro Juan Carlos Campo, y que ahora Félix Bolaños ha recuperado para su aprobación definitiva.

Sin embargo, la iniciativa ha generado críticas por parte de algunas asociaciones de jueces y fiscales, que cuestionan la oportunidad política del cambio, especialmente porque el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, está procesado por un delito de revelación de secretos vinculado al empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. La coincidencia entre el debate de la ley y el inicio del juicio al fiscal general, previsto para el 3 de noviembre, ha alimentado las suspicacias de quienes acusan al Ejecutivo de querer reforzar el poder de la Fiscalía. Pese a ello, la Loecrim, compuesta por 1.023 artículos, establece que entrará en vigor el 1 de enero de 2028, por lo que no afectará al actual fiscal general, que ya ha agotado el límite legal de dos mandatos.

El texto prevé que las nuevas competencias de la Fiscalía se apliquen solo a los casos abiertos a partir de esa fecha. Los procedimientos en curso seguirán bajo la dirección judicial. En los nuevos casos, los fiscales dirigirán las investigaciones, mientras que un juez de garantías supervisará las actuaciones más delicadas: decidirá sobre la apertura o archivo de la causa, el secreto de sumario y cualquier medida que afecte a derechos fundamentales, como la prisión preventiva. Este juez también resolverá los recursos contra las decisiones del fiscal, lo que, según el Gobierno, agilizará los procesos al evitar las demoras actuales en las audiencias provinciales.

Para adaptar la Fiscalía a sus nuevas responsabilidades, la Loecrim incluye una profunda reforma del EOMF, con el fin de reforzar su independencia y proteger a los fiscales de posibles presiones externas. Tanto el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como el Consejo de Europa, a través del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO), llevaban tiempo reclamando esta modificación, al considerar que la coincidencia del mandato del fiscal general con el del Gobierno afectaba a la percepción de autonomía del Ministerio Público.

El nuevo texto rompe ese vínculo: aunque el fiscal general seguirá siendo nombrado por el Gobierno, su mandato de cinco años no renovables quedará independiente de la legislatura. Así, cuando se forme un nuevo Ejecutivo, el fiscal general nombrado por el anterior continuará en su cargo, salvo que incurra en causas de cese tasadas, como incumplimientos graves o reiterados de sus funciones. En este caso, el Gobierno necesitaría un informe previo del CGPJ para proceder a su destitución, lo que pretende reforzar las garantías de independencia del Ministerio Fiscal.

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