(La Vanguardia, 13-04-2026) | Fiscal

Con la campaña de la Renta ya en marcha, muchos contribuyentes que esperan una devolución se preguntan cuándo recibirán el ingreso y de qué forma pueden comprobar el estado de su declaración. La Agencia Tributaria pone a disposición distintas herramientas para ello y establece, además, un plazo máximo para efectuar las devoluciones.

La campaña se desarrolla habitualmente entre abril y finales de junio. Desde el inicio ya es posible presentar la declaración por internet; posteriormente se habilita la atención telefónica y, más adelante, la presencial con cita previa. El plazo ordinario concluye el 30 de junio, aunque la Agencia Tributaria continúa gestionando devoluciones después de esa fecha.

Las primeras devoluciones suelen abonarse pocos días tras el inicio de la campaña, pero no todas se tramitan al mismo ritmo ni se pagan simultáneamente. La declaración puede presentarse por diferentes canales: sede electrónica, aplicación móvil o asistencia telefónica y presencial con cita previa. Para acceder es necesario identificarse mediante certificado digital, sistema Cl@ve o número de referencia. Cuando el resultado es "a devolver", es la propia Agencia Tributaria la que inicia el procedimiento para reembolsar el importe correspondiente.

No existe una fecha fija de pago. Hacienda va efectuando las devoluciones conforme revisa las declaraciones. Aquellas más sencillas, sin incidencias ni comprobaciones adicionales, suelen resolverse antes, mientras que las que incluyen deducciones complejas o requieren verificación pueden demorarse más. Por ello, dos personas que presenten la declaración el mismo día pueden recibir el ingreso en momentos distintos.

El seguimiento del estado de la devolución puede realizarse de forma sencilla a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del apartado de Renta, previa identificación. También está disponible esta información en la aplicación oficial para dispositivos móviles, que muestra los mismos datos. En ambos casos se indica la fase exacta de la tramitación y si el pago ya ha sido ordenado.

La consulta puede realizarse en cualquier momento y se actualiza automáticamente cuando hay cambios. Durante el proceso pueden aparecer distintos estados: "en trámite", cuando la declaración ha sido recibida y está siendo revisada; "en comprobación", si se están verificando datos; "tramitada", cuando la revisión ha finalizado; "emitida", si la devolución ya ha sido ordenada; y "realizada", cuando el importe ha sido transferido a la cuenta bancaria. Aunque la denominación puede variar ligeramente, una vez aparece el último estado, el ingreso suele hacerse efectivo en pocos días, dependiendo de la entidad bancaria.

Según la Ley del IRPF, la Agencia Tributaria dispone de un plazo máximo de seis meses para realizar la devolución. Este periodo se cuenta desde el final del plazo de presentación voluntaria (1 de julio) si la declaración se presentó dentro de plazo, o desde la fecha de presentación si se hizo fuera de él. En la práctica, muchas devoluciones se abonan antes del verano, especialmente las de declaraciones tempranas y sin incidencias. No obstante, otras pueden demorarse si requieren comprobaciones adicionales.

Si se supera el plazo legal de seis meses sin que se haya efectuado el pago, la Administración debe abonar automáticamente intereses de demora, sin necesidad de que el contribuyente los reclame. Estos intereses se calculan desde el día siguiente al vencimiento del plazo hasta la fecha en que se ordena el pago. Un retraso no implica necesariamente un problema, ya que puede deberse a revisiones habituales o comprobaciones de datos. Aun así, es recomendable consultar periódicamente el estado de la devolución para detectar posibles incidencias.

En algunos casos, la Agencia Tributaria puede solicitar información adicional mediante un requerimiento, que se notifica a través de la sede electrónica o por correo postal, por lo que es importante revisar las comunicaciones y responder dentro del plazo indicado. También es aconsejable verificar que el número de cuenta bancaria sea correcto y que los datos personales estén actualizados, ya que cualquier error puede retrasar el ingreso.

En definitiva, consultar el estado de la devolución permite conocer la situación del proceso en cada momento. Aunque la mayoría de los contribuyentes recibe el dinero sin necesidad de realizar gestiones adicionales, esta revisión ayuda a anticipar plazos y detectar posibles incidencias.

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