(El Economista, 29-06-2026) | Laboral
El aumento del absentismo por incapacidad temporal se ha convertido en una de las principales preocupaciones de las organizaciones empresariales en España. Tanto el coste asumido por las empresas como el gasto soportado por la Seguridad Social derivados de estos procesos no han dejado de crecer desde 2019, lo que ha llevado a las patronales a buscar fórmulas dentro de la negociación colectiva para contener este impacto económico, combinando medidas de control con mejoras laborales para las plantillas.
En este contexto, el sector de la seguridad privada ha incorporado por primera vez una cláusula novedosa que vincula la aceptación de solicitudes de jubilación parcial a la reducción de las tasas de absentismo. El acuerdo fue suscrito a comienzos de abril por las patronales APROSER, ASECOPS y FES, junto a los sindicatos UGT, CCOO y USO.
Según lo establecido en el convenio, las empresas se comprometen a aceptar al menos el 10% de las solicitudes de jubilación parcial presentadas durante el año si la tasa de absentismo por incapacidad temporal del sector, medida mediante los datos publicados por Randstad, desciende por debajo del 8%. Se trata de un mecanismo inédito dentro de la negociación colectiva, cuya posible extensión a otros sectores genera escepticismo tanto entre sindicatos como entre negociadores.
La inclusión de esta medida partió inicialmente de una propuesta sindical. Desde CCOO explican que la negociación estuvo fuertemente condicionada por el marco regulatorio del sector, especialmente por la normativa que impide a las administraciones públicas revisar el precio de las licitaciones para compensar a las empresas por el aumento de los costes laborales. Ante la insistencia de las patronales -en línea con las posiciones de CEOE- en abordar el problema de las bajas laborales, los sindicatos optaron por explorar una fórmula que transformara esa preocupación empresarial en un nuevo derecho parcial para los trabajadores.
La normativa vigente y el convenio anterior ya reconocían la posibilidad de solicitar la jubilación parcial a aquellos trabajadores mayores de 63 años que hubieran cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva. Esta modalidad permite reducir la jornada laboral y comenzar a percibir una parte de la pensión durante el tiempo no trabajado. Sin embargo, la aceptación de la solicitud dependía de la voluntad de la empresa, por lo que la parte sindical vio margen para mejorar esta situación, aunque asumiendo el riesgo de vincular ese avance a un indicador privado.
El concepto de absentismo, además, sigue siendo objeto de debate. La CEOE utiliza este término para agrupar todas las ausencias laborales, tanto justificadas como no justificadas, mientras que no existe un indicador oficial único más allá de las estadísticas de horas no trabajadas elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística. En este caso, el convenio toma como referencia los informes trimestrales que Randstad publica desde 2018 sobre horas de trabajo perdidas.
El acuerdo establece una escala progresiva. Si la tasa de absentismo descendiera hasta el 4%, las empresas aceptarían el 100% de las solicitudes de jubilación parcial de los trabajadores que cumplan los requisitos legales. No obstante, los propios negociadores reconocen que alcanzar ese nivel parece poco probable en el corto plazo. En los tramos intermedios, se priorizará a los trabajadores de mayor edad, a quienes hayan prestado más días de servicio durante el último año y a quienes acumulen mayor antigüedad en la empresa.
Desde el ámbito empresarial se considera que, aunque la propuesta fue inicialmente sorprendente, resultó útil para orientar el convenio hacia la reducción de un problema que preocupa cada vez más a las compañías del sector y, en general, al tejido empresarial español.
Sin embargo, la fórmula genera fuertes reticencias entre los sindicatos. USO, que contaba con representación minoritaria en la mesa negociadora, considera que esta cláusula constituye un error que debería corregirse en la próxima revisión del convenio. El sindicato rechaza de forma frontal cualquier vínculo entre jubilación parcial y absentismo.
Desde USO sostienen que condicionar la jubilación parcial a la reducción de bajas laborales supone una medida inaceptable, ya que convierte un derecho adquirido tras décadas de cotización en un instrumento de presión ligado a variables colectivas. Además, advierten de que esta relación puede derivar en la estigmatización de trabajadores enfermos o de mayor edad y abrir la puerta a prácticas discriminatorias.
Las organizaciones sindicales mayoritarias tampoco apoyan la extensión de este modelo a otros sectores. Tanto CCOO como UGT han reiterado en los últimos meses que no aceptarán negociar cambios en convenios colectivos basados en planteamientos que vinculen derechos laborales al control del absentismo, marcando así una línea roja en futuras negociaciones con la patronal.