(La Vanguardia, 27-07-2026) | Fiscal

Donald Trump ha puesto en marcha una nueva ofensiva comercial con el objetivo de mantener su política arancelaria tras los reveses sufridos en los tribunales estadounidenses. El presidente ha firmado una orden ejecutiva por la que, desde esta madrugada, entran en vigor aranceles de entre el 10% y el 12,5% sobre las importaciones procedentes de 60 países, entre ellos los miembros de la Unión Europea, así como Reino Unido, China, México, India y Japón.

La Administración estadounidense justifica estas nuevas medidas alegando que los países afectados no han adoptado mecanismos suficientes para impedir la importación de productos elaborados mediante trabajo forzoso. Según la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), las investigaciones realizadas concluyen que estas deficiencias perjudican a las empresas estadounidenses, que sí están obligadas a cumplir con este tipo de restricciones.

Para respaldar jurídicamente la medida, la Casa Blanca ha recurrido a la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, una norma que faculta al presidente para imponer medidas comerciales frente a países cuyas políticas o prácticas sean consideradas injustificadas, irrazonables o discriminatorias para los intereses de Estados Unidos.

Con esta decisión, el Gobierno de Trump trata de superar los obstáculos legales que frustraron sus anteriores iniciativas. Los denominados aranceles recíprocos anunciados el pasado año fueron anulados por el Tribunal Supremo al considerar que el presidente había invadido competencias reservadas al Congreso, ya que había fundamentado la medida en una declaración de emergencia nacional que los tribunales consideraron insuficiente para justificar una actuación de esa magnitud.

Tras esa sentencia, la Administración recurrió a la Sección 122 de la misma Ley de Comercio para imponer de forma temporal un arancel general del 10%, con una duración máxima de 150 días. Finalizado ese plazo, el Ejecutivo ha optado ahora por utilizar la Sección 301 para dar continuidad a su estrategia comercial mediante una nueva estructura jurídica.

Los nuevos aranceles afectan a productos procedentes de países que representan prácticamente la totalidad de las importaciones estadounidenses. No obstante, la normativa incorpora diversas excepciones. Quedan excluidos, entre otros, el petróleo, el gas natural, aquellos productos cuya fabricación resulta insuficiente en Estados Unidos, las mercancías cubiertas por el acuerdo comercial entre Estados Unidos, México y Canadá (USMCA) y determinados sectores que ya soportan gravámenes específicos por motivos de seguridad nacional, como el acero, el aluminio o los automóviles.

La Administración estadounidense distingue entre distintos niveles de gravamen en función de la regulación existente sobre el trabajo forzoso. Los países que cuentan con legislación en esta materia, pero que, según Washington, no la aplican de forma eficaz -como la Unión Europea o Canadá-, estarán sujetos a un arancel del 10%. Por el contrario, los Estados que carecen de este tipo de normativa afrontarán un gravamen del 12,5%.

La decisión ha suscitado críticas entre diversos analistas, que consideran que la referencia al trabajo forzoso constituye principalmente una base jurídica para justificar unos aranceles de alcance muy amplio, más que una respuesta específica a incumplimientos concretos. De hecho, la propia Administración estadounidense ya ha anunciado que prepara un nuevo paquete de medidas comerciales, también al amparo de la Sección 301, dirigido contra quince países y la Unión Europea por supuestas prácticas desleales en el ámbito manufacturero.

La estrategia responde al compromiso adquirido por Trump de reforzar la protección comercial de la economía estadounidense mediante la imposición de aranceles generalizados. Sin embargo, la utilización de la Sección 301 con este alcance podría volver a ser objeto de impugnación judicial, ya que esta disposición fue concebida originalmente para responder a prácticas comerciales concretas de países determinados y no para establecer un sistema de gravámenes de carácter prácticamente universal.

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