(El Economista, 05-01-2026) | Laboral
El Ejecutivo asume que la mayoría de las iniciativas legislativas que remite al Congreso de los Diputados se encuentran con el rechazo de la mayoría parlamentaria, por lo que ha optado por aprovechar al máximo las herramientas que le ofrecen los decretos para avanzar en parte de su agenda. El Ministerio de Trabajo ya tiene en marcha algunos de estos instrumentos, como el que modificará el sistema de registro horario, y, según fuentes del departamento, prepara otro para incorporar al ordenamiento español la directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, cuyo incumplimiento ha llevado a España a enfrentarse a una posible sanción millonaria del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Esta directiva, que incide en aspectos como la duración del periodo de prueba -limitándolo a un máximo de seis meses para perfiles técnicos-, debía haberse transpuesto antes de agosto de 2022. Al no hacerlo, la Comisión Europea abrió ese mismo año un procedimiento de infracción que no logró acelerar el proceso. En junio de 2025, tras considerar insuficientes las actuaciones de las autoridades españolas, la Comisión dio un paso más y pidió al TJUE la imposición de sanciones económicas por el retraso.
Cuando se hizo pública esta situación, el Ministerio de Trabajo aseguró que la transposición sería inmediata y que el texto estaba muy avanzado. Sin embargo, medio año después, y ante la constatación de que la ruptura política con Junts también impedirá sacar adelante el proyecto de ley presentado en 2024 -que ya incluía los cambios exigidos por la directiva-, el departamento estudia ahora aprobarlos mediante un reglamento para evitar una multa de elevado importe. En agosto, el TJUE ya impuso a España una sanción de 6,8 millones de euros y advirtió de una penalización diaria de 19.700 euros si continuaba el incumplimiento de la directiva sobre conciliación laboral.
El reglamento o real decreto, que no debe confundirse con el real decreto-ley, es una norma de rango inferior a la ley que se aprueba en el Consejo de Ministros y no necesita validación posterior del Congreso. Su función es desarrollar o concretar aspectos ya previstos en la legislación, sin capacidad para modificar leyes vigentes. Desde Trabajo consideran que este instrumento podría ser suficiente para atender las exigencias de la Comisión Europea, que ya estaban recogidas en el proyecto de ley bloqueado en la Comisión de Trabajo y pendiente de negociación política.
La directiva aprobada en 2019 persigue garantizar que los trabajadores dispongan de mayor información sobre las condiciones de su empleo y que sean informados con antelación de cambios en turnos o jornadas, lo que beneficiaría especialmente a los trabajadores fijos discontinuos. No obstante, los sindicatos criticaron que la propuesta del Gobierno resultaba menos ambiciosa de lo inicialmente previsto, lo que dio lugar a numerosas enmiendas parlamentarias.
Cuando el texto se presentó al Consejo de Ministros en 2024, Trabajo detalló que el decreto incluiría también la obligación de formalizar todos los contratos por escrito, así como de comunicar cualquier modificación en la duración del contrato, la jornada, la distribución del tiempo de trabajo o el periodo de prueba. Además, contemplaba un preaviso mínimo de tres días para la realización de horas complementarias en contratos a tiempo parcial, la prohibición de discriminar a quienes trabajen para varias empresas y el derecho a solicitar vacantes internas tras seis meses de antigüedad.
Como ocurre con otros borradores en los que trabaja el ministerio, existen dudas jurídicas sobre si un reglamento puede limitar prácticas actualmente amparadas por el Estatuto de los Trabajadores. Es el caso del periodo de prueba, ya que la normativa laboral permite pactarlo conforme a lo establecido en la negociación colectiva y solo fija los límites de seis meses para técnicos y dos meses para otros puestos cuando no existe convenio. La directiva europea pretende eliminar este margen de negociación, por lo que su incorporación mediante un real decreto podría derivar en conflictos judiciales, similares a los anunciados por la patronal en relación con futuras modificaciones del salario mínimo.
El departamento que dirige Yolanda Díaz confía en aprobar en las próximas semanas, previsiblemente a finales de enero o comienzos de febrero, el decreto que actualizará el salario mínimo interprofesional, actualmente en 1.184 euros, una vez concluido el diálogo con sindicatos y organizaciones empresariales. Además, este año pretende acompañar la subida con un segundo decreto destinado a impedir que las empresas compensen el incremento del SMI mediante la reducción o supresión de complementos salariales. Este segundo texto serviría también para transponer la directiva europea sobre salarios mínimos, que España aún no ha incorporado.
Por último, el Gobierno mantiene en fase de informes internos el decreto que busca modificar el sistema de control del tiempo de trabajo, con el objetivo de implantar registros digitales más detallados. La intención es que se reflejen no solo las horas trabajadas, sino también los descansos, las horas extraordinarias y la forma en que estas se compensan, una iniciativa que algunos expertos consideran que podría entrar en conflicto con la legislación vigente, que permite el registro en soporte papel.