(La Razón, 09-07-2025) | Laboral

La reforma de la jornada laboral es una de las iniciativas más destacadas del Gobierno actual, ya que implicaría un cambio profundo en las condiciones laborales de millones de personas que, hasta ahora, trabajan bajo el régimen de 40 horas semanales.

No obstante, la propuesta legislativa que contempla la reducción de la jornada a 37,5 horas semanales sin disminución de salario incluye también otras medidas importantes, entre ellas un nuevo sistema de control horario. El Ministerio de Trabajo pretende que este registro sea digital y obligatorio, permitiendo así que la Inspección de Trabajo pueda acceder a él en tiempo real y de forma remota.

Sin embargo, esta nueva normativa aún no ha sido aprobada, ya que el proyecto de ley todavía no ha superado el trámite parlamentario en el Congreso de los Diputados. La entrada en vigor depende del respaldo mayoritario de los grupos políticos en la Cámara Baja, por lo que, de momento, se mantienen las normativas actuales sobre el registro de jornada. Estas establecen ciertos requisitos técnicos y legales que, de no cumplirse, pueden acarrear sanciones económicas significativas.

Ante las dudas que pueden surgir sobre cómo debe realizarse correctamente este registro, el abogado laboralista Ignacio de la Calzada ha recordado que, aunque es obligatorio llevar un control del horario laboral de cada empleado, no se pueden utilizar sistemas que recopilen datos biométricos, como el fichaje mediante huella dactilar o reconocimiento facial.

Esta restricción se impuso a finales de 2023, cuando el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) consideró que el uso de datos biométricos en el control horario era desproporcionado, al tratarse de información considerada de "alto riesgo". La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se sumó a este criterio.

En caso de incumplimiento, las sanciones pueden ser elevadas. De la Calzada advierte que las multas por utilizar sistemas de registro que impliquen el uso de datos biométricos pueden llegar hasta los 20.000 euros. De hecho, ya se han impuesto sanciones, como en el caso del Colegio Notarial de Aragón, que continuaba utilizando fichajes con huella dactilar, lo que motivó una multa por parte de la AEPD. Esta situación obliga a las empresas a adoptar métodos de control horario que no impliquen el tratamiento de datos personales sensibles.

Actualmente, existen numerosas alternativas legales para registrar la jornada laboral. Una de las opciones es el uso de un código PIN personal para cada trabajador, mediante el cual puedan fichar al iniciar y finalizar su jornada, dejando constancia clara y segura de sus horarios sin recurrir a datos biométricos.

Aunque el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley el 6 de mayo de 2025, su tramitación legislativa se encuentra paralizada. El Congreso ha prorrogado en varias ocasiones el plazo para presentar enmiendas, lo que mantiene estancado el avance del texto.

Pese a esta situación, el calendario oficial sigue marcando el 1 de enero de 2026 como fecha límite para que las empresas adapten sus convenios a la nueva jornada máxima de 37,5 horas semanales. No obstante, si se logra desbloquear el proceso en las próximas semanas -antes del receso parlamentario de verano-, la nueva normativa podría entrar en vigor incluso antes de lo previsto. Todo dependerá del consenso político que se alcance en el Congreso.

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