(El Periódico, 04-11-2025) | Laboral

La Seguridad Social y el Gobierno de España han reafirmado su posición en torno a la jubilación anticipada, confirmando que los coeficientes reductores seguirán aplicándose incluso a aquellos trabajadores que hayan acumulado más de 40 años de cotización.

La decisión, que ha reavivado el debate político y social sobre la equidad del sistema, se hizo pública después de que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones rechazara una Proposición de Ley presentada por el Grupo Mixto -impulsada por Podemos y la plataforma ASJUBI40-, cuyo objetivo era eliminar estas penalizaciones para quienes acreditaran una larga trayectoria laboral.

La propuesta parlamentaria buscaba modificar el artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social, estableciendo que "no se aplicará ninguna reducción cuando el trabajador acredite 40 años de cotización" en casos de jubilación anticipada voluntaria.

Sin embargo, la ministra Elma Saiz defendió en el Congreso que esta modificación no es necesaria, ya que las últimas reformas de pensiones han abordado la sostenibilidad del sistema siguiendo las recomendaciones del Pacto de Toledo. Recordó que las reformas de 2021 ya ajustaron los coeficientes reductores con el fin de desincentivar las salidas tempranas del mercado laboral.

La posición del Ejecutivo es firme: la reducción se mantendrá porque la jubilación anticipada implica retirarse antes de la edad legal ordinaria, sin importar los años cotizados. Para los afectados, esta postura supone una confirmación de lo que consideran una penalización injusta y permanente. Desde hace años, el colectivo ASJUBI40 denuncia que miles de trabajadores con más de cuatro décadas cotizadas sufren una merma vitalicia en su pensión inicial, pese a haber cumplido con creces las obligaciones contributivas.

El impacto de los coeficientes reductores puede ser significativo. En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, la reducción puede oscilar entre el 2,81% y el 21% del importe de la pensión, según los meses de adelanto y el tiempo total cotizado. Aunque los trabajadores con más de 44 años y medio cotizados afrontan los recortes más leves, la penalización se aplica en todos los casos sin excepción.

De acuerdo con la normativa vigente, establecida tras la reforma de 2021 (RDL 2/2021 y Ley 21/2021), los coeficientes reductores se aplican mensualmente y varían en función de la edad y los años de cotización: Edad ordinaria de jubilación: desde 2024, es de 66 años y 6 meses para quienes tienen menos de 38 años cotizados, y de 65 años para quienes superan ese umbral; Jubilación anticipada voluntaria: puede solicitarse hasta 24 meses antes de la edad legal; y Penalización: el recorte se calcula según el total cotizado; por ejemplo, un trabajador con 44 años y 6 meses cotizados que se jubile dos años antes verá reducida su pensión en torno al 13% de forma permanente.

En definitiva, la Seguridad Social no ha modificado las pensiones, sino que ha ratificado la aplicación de las normas vigentes, manteniendo los recortes para quienes opten por jubilarse anticipadamente, incluso después de más de 40 años de cotización.

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