(El País, 15-09-2026) | Laboral
El sistema público de pensiones no se limita a las prestaciones de jubilación. Casi un tercio del gasto se dirige a otras pensiones, entre ellas las de viudedad, orfandad e incapacidad. Sin embargo, buena parte de las reformas acometidas en las últimas décadas se han concentrado en las condiciones de acceso y en el importe de las pensiones de jubilación. En este contexto, Octavio Granado, antiguo secretario de Estado de la Seguridad Social durante los Gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero y Pedro Sánchez, ha elaborado para Fedea un documento en el que plantea una reforma integral de la normativa que regula el sistema y propone cambios relevantes en estas otras prestaciones.
Una de las propuestas que previsiblemente generará mayor debate afecta a las pensiones de viudedad, que representan más del 15% del gasto total de la Seguridad Social y suponen más de 28.000 millones de euros al año. Granado plantea limitar parcialmente su compatibilidad con las rentas procedentes del trabajo mientras la persona viuda permanece en activo. A cambio, el ahorro obtenido permitiría mejorar las condiciones cuando el beneficiario acceda a la jubilación: podría percibir simultáneamente la pensión de jubilación y la de viudedad sin quedar sometido al límite de la pensión máxima. También propone que la viudedad deje de computar a efectos de determinados complementos a mínimos.
El ex secretario de Estado considera que la regulación actual responde a una realidad social muy diferente de la existente cuando se diseñó. En su origen, la compatibilidad con los ingresos laborales pretendía favorecer la incorporación al mercado de trabajo de las mujeres viudas sin penalizar sus ingresos. Sin embargo, Granado entiende que actualmente esta regla permite que personas con rentas muy elevadas puedan seguir percibiendo una pensión de viudedad. El ejemplo utilizado habitualmente por los críticos de este modelo es el de los altos directivos de grandes compañías que pueden acceder a esta prestación con independencia de su nivel salarial.
Granado recuerda que ya en 2007, a propuesta de CEOE, la Administración de la Seguridad Social estudió introducir un sistema de incompatibilidades similar al existente en Alemania, donde la cuantía de la pensión se reduce en función de los ingresos adicionales del beneficiario. Aquella posibilidad no llegó a incorporarse a la reforma legislativa y ahora vuelve a plantearse como una alternativa para adaptar la prestación a las actuales circunstancias sociales y económicas.
La propuesta contempla, por tanto, establecer una incompatibilidad parcial entre la pensión de viudedad y los ingresos obtenidos por trabajo o por una actividad económica mientras el beneficiario continúe en activo. La reducción se determinaría siguiendo modelos aplicados en otros países de la Unión Europea. La intención sería que el ajuste no afectara de la misma manera a todos los perceptores, sino que respondiera a su nivel de ingresos.
El ahorro generado por esta modificación se utilizaría para mejorar la protección en otras situaciones. Granado propone que la percepción de una pensión de jubilación o incapacidad no elimine completamente el derecho a la viudedad y que esta pueda mantenerse incluso cuando el beneficiario perciba complementos a mínimos. En la actualidad existe una situación que considera poco coherente: una persona viuda que continúa trabajando puede compatibilizar la prestación con su salario sin límite vinculado a sus ingresos, pero cuando se jubila o accede a una pensión de incapacidad, la suma de las prestaciones queda condicionada por el límite de la pensión máxima.
Según el documento, esta situación reduce la contributividad del sistema y dificulta que los cónyuges supervivientes puedan mejorar sus ingresos conforme evolucionan sus circunstancias. Además, la pensión de viudedad se computa actualmente como renta para determinar el acceso al complemento a mínimos, de manera que puede terminar reduciendo o anulando este apoyo destinado a quienes han cotizado pero no alcanzan la cuantía mínima establecida.
Otra de las medidas que plantea Granado consiste en utilizar parte del ahorro generado por la reforma para incrementar las pensiones de orfandad y reducir proporcionalmente el peso de las prestaciones de viudedad. También contempla una alternativa para las parejas que quieran mantener el régimen actual de compatibilidad durante la etapa activa. En estos casos, propone crear progresivamente un sistema de seguro que permita conservar esas mejoras de renta en la misma medida en que desaparezcan las actuales condiciones de compatibilidad.
La reforma que propone Granado no se limita a la viudedad. El ex responsable de la Seguridad Social considera que la actual Ley General de la Seguridad Social ha quedado desfasada y debería ser sustituida por un marco que también revise determinados aspectos de la financiación mediante cotizaciones.
Entre las cuestiones que plantea figura una posible revisión del reparto de las cotizaciones vinculadas al Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Esta sobrecotización pretende reforzar los ingresos del sistema para hacer frente al impacto que tendrá la jubilación de las generaciones del baby boom y mantiene la distribución histórica de las cuotas, según la cual por cada seis partes aportadas por la empresa corresponde una al trabajador. Granado considera que debería abrirse una negociación para determinar si esta proporción continúa siendo adecuada.
Otra modificación afectaría a las empresas que pacten mejoras en las prestaciones por incapacidad temporal mediante convenios colectivos. En estos casos, plantea incrementar las cotizaciones tanto de trabajadores como de empresas cuando pueda demostrarse que esas mejoras están provocando un aumento desproporcionado del gasto asociado a las bajas respecto de situaciones comparables.
El documento también plantea una transformación más amplia del sistema de incapacidad temporal. Entre las medidas figura la unificación del tratamiento de las bajas con independencia de que tengan su origen en un accidente, una enfermedad profesional o una enfermedad común. Granado se muestra además favorable a facilitar las reincorporaciones progresivas al puesto de trabajo, permitiendo combinar parcialmente la prestación económica con el salario durante la recuperación.
En el ámbito de la salud mental, propone que, cuando determinadas bajas superen una duración que debería fijarse, los procesos de rehabilitación pasen a ser obligatorios. Para ello, plantea establecer mecanismos de colaboración con las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social y reforzar los servicios asistenciales destinados a facilitar la recuperación y el retorno a la actividad laboral.
Otro de los ámbitos que considera necesario revisar es la incorporación al sistema de colectivos mediante reglas específicas que, a su juicio, pueden romper la relación entre las cotizaciones realizadas y las prestaciones finalmente reconocidas. Granado pone como ejemplo la reciente posibilidad ofrecida a abogados, procuradores y arquitectos mutualistas de computar mediante aportaciones posteriores determinados periodos para mejorar su futura jubilación respecto de las prestaciones que inicialmente obtendrían de sus mutualidades.
También menciona situaciones como la incorporación del clero católico al sistema entre 1978 y 1981 sin cotizaciones anteriores, el régimen de cotización de los estudiantes en prácticas, que se ha ido extendiendo desde 2011, o las diferencias existentes entre deportistas profesionales. En este último caso, destaca el distinto tratamiento previsto para los futbolistas, que recuperarán determinados años no cotizados mediante su propia mutualidad, frente a otros deportistas, cuyo coste será asumido por fondos públicos gestionados por el Consejo Superior de Deportes.
Ante estas situaciones, Granado considera necesario que la futura legislación establezca criterios claros de equidad para regular las cotizaciones realizadas a posteriori. Su planteamiento pasa por evitar que quienes no cotizaron en su momento puedan obtener un tratamiento más favorable que quienes sí realizaron sus aportaciones cuando correspondía.
Finalmente, el documento aborda el creciente número de solicitudes para aplicar coeficientes reductores de la edad de jubilación en profesiones consideradas especialmente penosas. Entre los colectivos que han reclamado recientemente esta posibilidad se encuentran conductores profesionales, camareras de piso, empleadas de ayuda a domicilio y tripulantes de cabina.
Para estos casos, Granado defiende que cualquier profesión que mantenga un sistema de jubilación anticipada mediante coeficientes reductores debería asumir una cotización adicional que compense el mayor coste para el sistema. Además, considera necesario que quienes desempeñen estas actividades realicen durante los diez años anteriores a la jubilación anticipada un proceso obligatorio de reciclaje profesional que facilite su traslado a puestos menos exigentes físicamente dentro de la misma empresa o de la Administración pública. El objetivo sería que la jubilación anticipada por la penosidad de determinadas ocupaciones deje de ser la única respuesta y se avance hacia fórmulas que permitan prolongar la vida laboral en tareas menos gravosas.