(Expansión, 07-01-2026) | Fiscal
En un escenario marcado por la escasez de vivienda disponible, que ha impulsado los precios a niveles muy elevados en los últimos tiempos, comprar una casa resulta cada vez más difícil para muchos hogares, especialmente para los más jóvenes. Ante esta situación, es frecuente que los padres ayuden a sus hijos aportando el dinero necesario para la entrada de una hipoteca mediante una donación, una práctica que la Administración tributaria observa con atención, tal y como señalan los asesores fiscales.
No obstante, el impacto fiscal de estas donaciones puede reducirse de forma significativa según la comunidad autónoma en la que haya residido el beneficiario en los años previos. Existen incentivos específicos vinculados a la compra de vivienda que permiten aplicar reducciones muy elevadas e incluso eliminar por completo la carga tributaria. La mayoría de las comunidades autónomas contemplan este tipo de beneficios, con excepciones puntuales y con regímenes propios en algunos territorios, y cada una establece sus propias condiciones y límites.
En Andalucía se prevé una reducción muy amplia para jóvenes, víctimas de violencia de género y personas con discapacidad, con umbrales más elevados en este último caso. Aragón permite prácticamente eliminar la tributación siempre que la compra de la vivienda se realice en un periodo cercano a la donación. Asturias contempla una reducción relevante para jóvenes compradores, con un tratamiento más favorable para quienes tienen discapacidad, aunque no admite este beneficio cuando la donación se produce después de la adquisición.
En Baleares existe una exención total condicionada a que la vivienda se compre poco tiempo después de recibir la donación, que el inmueble esté situado en la comunidad y que no supere un determinado valor. Canarias ofrece una reducción importante para donaciones a hijos jóvenes destinadas a la compra o rehabilitación de vivienda, con condiciones más ventajosas cuando el beneficiario tiene discapacidad.
Castilla y León aplica una reducción muy elevada para donatarios jóvenes, ampliando el beneficio en el caso de personas con un alto grado de discapacidad. Cataluña prevé una reducción significativa para descendientes jóvenes con rentas moderadas, siempre que la compra de la vivienda se realice dentro de un plazo determinado tras la donación. Extremadura ha ampliado recientemente el alcance de su exención total para facilitar la adquisición de la primera vivienda a jóvenes con determinados niveles de renta, exigiendo que la compra se formalice poco después de recibir el dinero.
En Galicia se reconoce una reducción relevante para descendientes jóvenes y para víctimas de violencia de género, siempre que la vivienda esté situada en la propia comunidad y se adquiera en un plazo breve. Madrid contempla una exención total para donaciones entre familiares cercanos destinadas a la compra de la vivienda habitual, siempre que la operación se realice dentro del periodo establecido. Por su parte, la Comunidad Valenciana cuenta con reducciones específicas para donaciones a hijos, cuyos límites dependen de la edad y del conjunto de donaciones recibidas en los últimos años.
En conjunto, estas medidas reflejan el esfuerzo de muchas comunidades por aliviar la carga fiscal de las familias que recurren a donaciones para facilitar el acceso a la vivienda en un mercado cada vez más tensionado.