(Expansión, 27-03-2024) | Fiscal

Se ha abierto una puerta más accesible para los empleados y ejecutivos expatriados, así como para los teletrabajadores, que llegan o regresan a España para establecerse en el país durante la segunda mitad del año, es decir, entre julio y diciembre.

La Dirección General de Tributos (DGT) ha eliminado la barrera fiscal que enfrentaban estos profesionales, a quienes la Agencia Tributaria podía exigirles tributar como no residentes por sus ingresos laborales durante los meses en que se trasladaban, lo que generaba una doble imposición al tener que pagar impuestos al mismo tiempo como residentes en el país de origen.

La consulta realizada ante la DGT respalda la posición defendida por el Departamento de Fiscalidad Internacional de Montero Aramburu Abogados, cuyos expertos han elevado la cuestión al órgano directivo de Hacienda. Específicamente, Tributos aclara el cálculo del período de menos de 183 días en 12 meses que la normativa exige para que estos contribuyentes no estén obligados a tributar como no residentes en el año de su traslado.

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