(El Periódico, 31-03-2026) | Fiscal

Cada vez más familias deciden sustituir la herencia por una donación en vida con el objetivo de reducir el coste fiscal del impuesto de sucesiones. Esta opción es legal y está contemplada en la normativa, pero no implica eliminar los impuestos, sino adelantarlos y modificar su forma de aplicación

En España, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava tanto los bienes que se reciben tras un fallecimiento como los que se transmiten en vida, y la diferencia principal está en el momento en que se realiza la transmisión. Si unos padres ponen una vivienda a nombre de su hijo antes de fallecer, deja de considerarse una herencia y pasa a tributar como donación

La fórmula más frecuente consiste en ceder la nuda propiedad de la vivienda a los hijos mientras los padres mantienen el usufructo vitalicio, lo que les permite seguir residiendo en ella aunque ya no sean propietarios plenos. Cuando los padres fallecen, el usufructo desaparece y el hijo adquiere la propiedad completa. En ese momento no hay transmisión hereditaria sobre ese inmueble, por lo que no se aplica el impuesto de sucesiones en ese caso concreto

De ahí surge la idea de que este impuesto puede evitarse, aunque en realidad hay matices importantes. La operación no está exenta de costes, sino que cambia la forma de tributar. Por un lado, el hijo debe pagar el impuesto de donaciones al recibir la vivienda en vida. Por otro, los padres pueden tener que declarar en el IRPF la ganancia patrimonial generada. Además, también puede aplicarse la plusvalía municipal. Esto significa que la carga fiscal no desaparece, sino que se traslada al momento en que se realiza la donación.

El impacto final depende en gran medida de la comunidad autónoma, ya que este impuesto está cedido y existen diferencias relevantes entre territorios. En algunas regiones, las bonificaciones para donaciones entre padres e hijos son muy altas, lo que puede suponer un ahorro considerable. En otras, en cambio, la tributación sigue siendo elevada. También influyen otros elementos como el valor actual de la vivienda, su antigüedad o la situación económica y patrimonial de la familia

Más allá de los impuestos, esta decisión tiene consecuencias legales y económicas, ya que puede afectar al reparto entre herederos, generar conflictos o incluso implicar un mayor coste fiscal si no se planifica bien. En definitiva, no existe una solución única para pagar menos impuestos al transmitir una vivienda. Lo que sí es posible es cambiar el momento de la transmisión y su tratamiento fiscal, y el resultado final dependerá de cada caso concreto y del territorio en el que se aplique.

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