(El Economista, 01-07-2025) | Laboral

Las bajas de afiliación a la Seguridad Social por despido sumaron 326.184 entre enero y abril, lo que supone una reducción del 4,8% respecto al mismo periodo del año anterior. Es la primera vez que descienden desde la entrada en vigor de la reforma laboral. Este retroceso se debe exclusivamente a la caída de los despidos disciplinarios, que bajaron un 9,4%. Este tipo de despido no contempla indemnización, pero requiere una justificación sólida. Aun así, representa el 51,8% del total de ceses, lo que ha llevado a varios expertos a alertar de que se está utilizando como una vía encubierta para el despido libre, una práctica que la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha señalado como prioritaria para abordar en una nueva reforma del mercado laboral.

En teoría, el despido libre no existe en España. Cualquier despido debe estar motivado por razones disciplinarias -sin derecho a indemnización- o causas objetivas, como razones económicas u organizativas, que implican una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Ambos se consideran despidos procedentes. Sin embargo, esto no impide que se pueda despedir sin una causa válida: si el trabajador impugna el despido, puede iniciarse una conciliación o, en su defecto, un juicio. En estos casos, si el despido se declara improcedente y no hay readmisión, la indemnización asciende a 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Además, puede sumarse una indemnización adicional si se demuestra un daño añadido, como una acusación falsa.

Este marco legal está vigente desde la reforma laboral de 2012, que supuso una transformación profunda: redujo la indemnización por despido improcedente y eliminó el llamado despido exprés, que permitía pagar al trabajador sin necesidad de justificación, facilitando así ceses rápidos y con coste controlado.

En su momento, el Gobierno del PP defendía que al reducir el coste del despido improcedente, se desincentivarían los despidos injustificados. Sin embargo, los datos no respaldaron esa hipótesis: el porcentaje de despidos disciplinarios pasó del 29% en 2013 al 56% antes de la pandemia. Aunque su peso disminuyó durante la crisis sanitaria (al 49%), volvió a repuntar en los años siguientes: 55% en 2021, 54% en 2022 y 53% en 2023.

Esto ocurrió a pesar de que, desde 2021, estaba en marcha una nueva reforma laboral -pactada entre Gobierno, sindicatos y patronal- que incrementó notablemente la contratación indefinida. Sin embargo, también se produjo un aumento de los despidos. Si comparamos los datos de enero a abril de 2025 con el mismo periodo de 2019, los despidos han crecido un 76,7%. Los disciplinarios subieron un 62,25%, hasta 169.145 casos (el 51% del total), mientras que los objetivos crecieron aún más: un 107,4%, hasta los 145.503 (un 44% del total).

Esto sugiere que muchas empresas firmaron contratos indefinidos para trabajos que en realidad no lo eran, aprovechando la baja antigüedad de los empleados para despedir con indemnizaciones mínimas, a menudo sin justificar adecuadamente el cese.

No obstante, esta tendencia ha comenzado a cambiar en el último año. La caída de los despidos disciplinarios es significativa: bajaron un 9,4% (un 14,7% solo en abril), mientras que los objetivos aumentaron un 3,7%. Esta evolución puede interpretarse como una señal de estabilización en el empleo tras la reforma laboral, aunque los disciplinarios siguen siendo la mayoría. Otra lectura posible es que las presiones judiciales y políticas han empezado a disuadir a algunas empresas de recurrir a este tipo de despido sin una causa real.

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