(El Economista, 28-11-2025) | Laboral

Las bajas de afiliación motivadas por no superar el periodo de prueba alcanzaron las 766.223 entre enero y septiembre de 2025. Esta cifra supone un aumento del 1,8% respecto al año anterior y marca un nuevo máximo desde que existen registros comparables, en 2012. En ese mismo periodo se contabilizaron 773.246 despidos, un 3,1% menos que hace un año, lo que supone el primer descenso interanual desde 2021. En consecuencia, casi la mitad de las extinciones de contrato (el 49,7%) se deben al periodo de prueba, alimentando las sospechas de que algunas empresas recurren a esta vía para evitar indemnizaciones y encubrir contratos indefinidos "de mentira" tras la reforma laboral. No obstante, los datos muestran que este comportamiento ya existía antes del cambio normativo y que afecta también a los trabajadores temporales.

El Gobierno es consciente de este problema. De hecho, el "fraude en la finalización del contrato durante el periodo de prueba" figura entre las prioridades del plan estratégico de la Inspección de Trabajo hasta 2027, cuyo objetivo es reforzar la detección de abusos destinados a evitar la naturaleza indefinida de los contratos y el pago de las indemnizaciones correspondientes.

Además, el Ministerio de Trabajo incluyó en la transposición de la directiva sobre condiciones laborales transparentes un endurecimiento de los requisitos para dar por finalizado un contrato durante el periodo de prueba. Sin embargo, esta normativa lleva paralizada casi dos años en el Congreso.

Los datos parecen respaldar las alertas de la Inspección. Si se comparan las cifras actuales con las de 2019 (obviando 2021 por distorsiones derivadas de la pandemia), los ceses en periodo de prueba han aumentado un 76%. Este incremento procede únicamente de los trabajadores indefinidos: en su caso, las bajas por prueba suben un 12%, mientras que los despidos en sentido estricto se disparan un 135%.

Algunas fuentes del Ejecutivo tratan de restar gravedad señalando que los registros de la Seguridad Social no diferencian si la baja en periodo de prueba es decisión del empresario o del propio trabajador. Pero esto es incorrecto: desde 2012 el Sistema RED clasifica exclusivamente como "bajas por no superar el periodo de prueba" (código 85) aquellas que se producen por decisión empresarial. Las renuncias del trabajador figuran en el código 51, correspondiente a dimisiones.

Estos datos permiten comprender mejor el fenómeno. El 93,1% de las bajas por periodo de prueba corresponden a trabajadores con contrato indefinido, frente al 70,7% entre los temporales. En 2019 estos porcentajes eran del 69,9% y del 24,4%, lo que muestra un crecimiento notable en ambos casos, coherente con el aumento de la contratación fija. No obstante, existen matices importantes.

Aunque la principal causa de extinción contractual sigue siendo la finalización del contrato temporal, resulta llamativo que entre los contratos de duración determinada haya más bajas por periodo de prueba que despidos. Conviene recordar que la finalización de un contrato temporal también conlleva indemnización -12 días por año trabajado-, mientras que, si un temporal es despedido, su compensación es exactamente igual a la de un indefinido. Esto ocurre pese a que solo dos de cada diez ceses temporales son despidos.

¿Qué revela todo esto? Que el uso cuestionado del periodo de prueba no se emplea únicamente para formalizar "indefinidos de usar y tirar", como ha señalado la vicepresidenta Yolanda Díaz, sino también para reducir aún más los costes asociados a la contratación temporal. Y esta práctica no es nueva: ya existía antes de la reforma laboral.

Si se observa la serie histórica desde 2013 -primer año plenamente comparable tras los cambios del Sistema RED-, tanto los despidos como las bajas en periodo de prueba se han disparado tras la reforma laboral debido al incremento de la contratación indefinida. Incluso en 2022 hubo más extinciones por periodo de prueba que despidos, aunque esto también sucedía antes de la pandemia.

Los datos de 2016 a 2019 corresponden a una fase de recuperación económica en la que el empleo temporal seguía dominando, pero el patrón es claro: el periodo de prueba se usa como vía para extinguir contratos que requieren indemnización, sea cual sea su tipo.

La Inspección lo recoge expresamente en su plan estratégico al referirse al "pago de indemnización por finalización de la relación laboral" sin limitarlo a los despidos. Era previsible que estas prácticas se trasladaran a los contratos indefinidos una vez que la reforma laboral incentivó su uso, lo que motivó penalizaciones específicas para las bajas producidas en menos de un mes. La novedad es que también han aumentado los despidos.

¿Por qué no se reforzaron más los límites del periodo de prueba? Por la misma razón por la que no se modificó el despido: para facilitar un acuerdo con la patronal. Además, el periodo de prueba suele fijarse en los convenios colectivos, que pueden ampliarlo o reducirlo mediante negociación entre sindicatos y empresarios.

Uno de los obstáculos para aprobar la directiva de condiciones laborales transparentes es que contempla restringir esta capacidad de flexibilización negociada del periodo de prueba. Esto también explicaría por qué Díaz no ha reabierto este asunto en la negociación sobre la reforma del despido. Por ahora, el Gobierno confía en la labor de la Inspección de Trabajo para frenar un problema que considera uno de los puntos débiles de la reforma laboral, aunque sus raíces son anteriores y más profundas que los cambios legales recientes.

¿ESTAS BUSCANDO

ASESORÍA PERSONAL O EMPRESARIAL?

Realiza tu consulta online o ven a visitarnos