(El Periódico, 27-05-2026) | Laboral

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un real decreto que modifica las condiciones de acceso a la jubilación flexible e introduce tres cambios relevantes que entrarán en vigor dentro de tres meses. Esta modalidad permite compatibilizar el cobro de la pensión con una actividad laboral parcial y forma parte de las medidas impulsadas por el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social para incentivar que los trabajadores prolonguen su vida laboral.

La principal novedad es que la jubilación flexible se extenderá también a los trabajadores autónomos. Hasta ahora esta posibilidad estaba reservada a los asalariados, pero a partir de la nueva regulación podrán acogerse igualmente quienes trabajen por cuenta propia, siempre que no hayan estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación. Además, desaparece la obligación de esperar un periodo mínimo tras retirarse para solicitar esta modalidad, de manera que podrá pedirse en cualquier momento.

La reforma también amplía los incentivos económicos para quienes compatibilicen pensión y trabajo parcial. En el caso de los autónomos, el porcentaje de jornada compatible se amplía y pasará a situarse entre el 33% y el 80%, frente al margen actual, fijado entre el 25% y el 75%.

Al mismo tiempo, la pensión se ajustará de forma proporcional a la reducción de jornada. Sin embargo, el nuevo sistema incorpora incentivos adicionales para fomentar el regreso al mercado laboral tras la jubilación. Así, quienes accedan a la jubilación flexible al menos seis meses después de retirarse recibirán un complemento extra en su pensión: las jornadas parciales comprendidas entre el 55% y el 80% supondrán un aumento adicional del 25% sobre la prestación, mientras que las jornadas situadas entre el 33% y el 55% tendrán un incremento del 15%.

En el caso concreto de los autónomos, podrán compatibilizar su actividad con el cobro de hasta el 25% de la pensión mientras mantengan ese trabajo compatible. La ministra de Inclusión y Seguridad Social, Elma Saiz, defendió la reforma asegurando que el objetivo es ofrecer a los trabajadores más alternativas para adaptar la transición entre empleo y jubilación, reforzando una modalidad de jubilación flexible "mejorada".

La norma también introduce ventajas para quienes se jubilaron anticipadamente de manera involuntaria. Si posteriormente se incorporan a la jubilación flexible, cuando vuelvan a la jubilación ordinaria podrán mejorar la cuantía de su prestación, ya que se recalcularán tanto la base reguladora como el porcentaje aplicable en función de las nuevas cotizaciones acumuladas durante ese periodo de actividad.

Esta modificación se suma al conjunto de reformas iniciadas en 2021 para flexibilizar el tránsito entre trabajo y jubilación y acercar la edad efectiva de retiro a la edad legal. Según los últimos datos correspondientes a mayo, la edad media de acceso a la jubilación ya alcanza los 65,5 años, un año más que en 2018. Además, las jubilaciones anticipadas han reducido su peso hasta situarse en torno al 30%, mientras que el porcentaje de trabajadores que prolongan su actividad más allá de la edad ordinaria supera ya el 12%.

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