(Expansión, 14-10-2025) | Fiscal
Los empresarios y profesionales que puedan demostrar que desarrollan su actividad en una parte de su vivienda tienen derecho a deducir el IVA correspondiente a los suministros (como luz, agua, gas o internet) en proporción al espacio utilizado para trabajar.
Después de un largo proceso judicial, el Tribunal Supremo ha reconocido esta posibilidad, siempre que el autónomo acredite que realiza su labor desde casa y delimite el área concreta destinada a la actividad profesional, del mismo modo que ya ocurre con el IRPF.
Hasta ahora, tanto Hacienda como varios tribunales inferiores venían rechazando la deducción del IVA de los suministros consumidos en la parte del domicilio dedicada al trabajo, aunque sí la permitían en el Impuesto sobre la Renta. Esta nueva sentencia del Supremo supone, por tanto, un importante cambio que amplía las deducciones disponibles para los autónomos, afectando a cientos de miles de profesionales que trabajan desde casa.
El abogado fiscalista Pablo G. Vázquez destacó en declaraciones a Expansión la relevancia de este fallo, calificándolo como una evolución lógica de la jurisprudencia: "No tenía sentido que los suministros fueran deducibles en la Renta pero no en el IVA", señaló.
Precisamente, este fue uno de los argumentos clave del Tribunal Supremo, que señaló que "unos mismos hechos no pueden existir y dejar de existir para los órganos del Estado", apelando a los principios básicos de coherencia jurídica. En otras palabras, no se puede reconocer el ejercicio de una actividad profesional en el domicilio a efectos de un impuesto y negarlo en otro.
El caso que dio origen a esta sentencia se refiere a una empresa de servicios jurídicos que tenía su despacho en la planta baja de una vivienda de dos pisos propiedad del empresario. Tanto Hacienda como el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía habían denegado la deducción del IVA de los suministros, pero el recurso presentado ante el Supremo ha sentado jurisprudencia sobre cómo y en qué proporción se pueden aplicar estas deducciones.
La defensa del empresario alegó que resultaba injusto -y contrario al principio de neutralidad fiscal- permitir la tributación completa de los ingresos sin admitir la deducción de los gastos necesarios para generar dichos ingresos, especialmente cuando se trata de costes indispensables como los suministros. Además, argumentó que trabajar desde una parte de la vivienda supone un coste mucho menor que alquilar un local, en cuyo caso no habría dudas sobre la deducibilidad del IVA.
Finalmente, la magistrada Sandra María González de Lara Mingo, de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, dio la razón al empresario, anuló la liquidación previa y ordenó a Hacienda emitir una nueva, incluyendo la deducción del IVA proporcional a la parte del domicilio utilizada para la actividad. En el caso concreto, al tratarse de una planta completa de un inmueble de dos pisos, se permitió deducir el 50% del IVA correspondiente a las facturas de luz, agua y gas.
No obstante, el Supremo recuerda que la carga de la prueba recae en el empresario o profesional. Para poder deducir estos gastos, es necesario declarar en el modelo censal de la Agencia Tributaria (036 o 037) la parte del domicilio afectada a la actividad, expresada en metros cuadrados. También se recomienda delimitar físicamente ese espacio, preferiblemente en una habitación o despacho cerrado, y conservar evidencias como fotografías con geolocalización o facturas del mobiliario y equipos de trabajo ubicados allí.
Además, estos suministros también pueden deducirse en el IRPF, aunque con ciertas limitaciones, como la aplicación de un máximo de ocho horas diarias. En algunos casos, incluso los gastos de alquiler o las cuotas hipotecarias pueden deducirse parcialmente si el profesional trabaja en el mismo inmueble en el que reside, siempre que el espacio de trabajo sea claramente diferenciable.
En resumen, tal como señala Pablo G. Vázquez, "todo gasto debidamente documentado, real y necesario para el ejercicio de la actividad debería ser deducible", lo que supone un importante avance para los autónomos que desarrollan su labor desde casa.