(Expansión, 26-03-2024) | Laboral

La Seguridad Social ha extendido el plazo, desde el 30 de marzo hasta el 30 de junio, para que los autónomos propietarios y directivos con empleados -conocidos como autónomos societarios- proporcionen a la administración una serie de datos, entre ellos: la denominación social y el número de identificación fiscal de las empresas o comunidades de bienes en las que estén involucrados; su cargo como consejero o administrador, o cualquier otro servicio prestado a la empresa; el porcentaje de participación en el capital social, así como los nombres, apellidos y números de documento nacional de identidad o equivalentes de los familiares con los que convivan.

Asimismo, los autónomos societarios deberán informar a la Seguridad Social del número de identificación fiscal de sus clientes, o de los clientes que sean su principal fuente de ingresos, así como del colegio profesional al que estén adscritos. Con estas medidas, la administración busca fortalecer el control sobre estos empresarios con empleados y sobre los profesionales.

Adicionalmente, en el mismo decreto se especifican las condiciones para fraccionar el reembolso de prestaciones percibidas indebidamente, con un pago mínimo de 100 euros mensuales y un plazo máximo de hasta 5 años para su devolución a la Seguridad Social. También se amplía la obligación de domiciliar el pago de las cuotas para los trabajadores del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios durante los periodos de inactividad, así como para aquellos trabajadores con acuerdos especiales con la Seguridad Social. Según se indica, esto brindará una mayor seguridad jurídica a estos trabajadores.

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