(Expansión, 12-06-2025) | Fiscal

Las liquidaciones del impuesto de plusvalía municipal pueden ser impugnadas incluso si ya han adquirido firmeza, siempre que el contribuyente demuestre que el inmueble no se revalorizó en la operación de transmisión. Así lo ha determinado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria emitida en abril, con posibles implicaciones para miles de ciudadanos.

El caso resuelto corresponde a un contribuyente que solicitó la devolución de lo abonado por el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) al vender un inmueble en 2021. El Ayuntamiento de Santander rechazó su petición argumentando que la liquidación era definitiva. No obstante, el afectado presentó un recurso, aportando documentación -como las escrituras de herencia y de compraventa- que demostraban que el valor del inmueble había disminuido, no aumentado.

El TSJ de Cantabria falló a favor del contribuyente, señalando que, pese a que la resolución municipal era firme, se basaba en una normativa que ya había sido declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional en sus sentencias de 2017 y 2021.

Los magistrados también destacaron que la doctrina del Tribunal Supremo permite revisar este impuesto cuando se vulnera el principio de capacidad económica. En este caso, el contribuyente aportó pruebas suficientes de que no existió ganancia patrimonial, sin que el ayuntamiento pudiera desmentir dicha información.

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