(El Periódico, 25-06-2024) | Laboral

Todas las empresas, sin importar el tamaño de su plantilla, deberán registrar la jornada laboral de sus empleados mediante medios telemáticos. Los registros en papel con los horarios de entrada y salida firmados por los trabajadores dejarán de ser válidos, según el último borrador de la ley de reducción de jornada laboral enviado por el Ministerio de Trabajo a la patronal y los sindicatos. Esta propuesta, que estará sujeta a modificaciones durante las negociaciones, también incluye un aumento de las multas para las empresas que incumplan con el registro horario.

El departamento dirigido por Yolanda Díaz ha convocado este lunes a los agentes sociales a una nueva reunión para intentar avanzar en un acuerdo sobre la que se espera sea la norma estrella laboral de la legislatura. Las partes se han reunido durante dos horas sin lograr avances significativos sobre cómo implementar la reducción del tiempo máximo de trabajo, que en una primera fase se establecerá en 38,5 horas semanales. Uno de los aspectos de la reforma es la modificación de la obligación existente para las empresas de controlar el horario de trabajo.

Inicialmente, la propuesta del Ministerio de Trabajo era limitar la obligatoriedad del registro de jornada telemático a las empresas con 50 o más empleados, pero esa referencia no aparece en el primer borrador enviado. La futura obligación se aplicará a todas las empresas, independientemente de si tienen dos o 2.000 trabajadores en plantilla. "La empresa mantendrá un registro diario de jornada, realizado por medios digitales", dice el borrador.

Actualmente, es común que las micro y pequeñas empresas realicen el registro de jornada de manera analógica. Esto, según explican los inspectores consultados, facilita la manipulación de registros por parte del empresario e impide que la autoridad laboral pueda acceder en remoto a los registros. La nueva norma también pretende dar acceso a los inspectores a la base de datos recopilada por los sistemas de control horario en cualquier momento, así como a los sindicatos con representación en la empresa.

Desde 2019, todas las empresas están obligadas a registrar adecuadamente las horas trabajadas por sus empleados y cómo se distribuyen. Esta norma se implementó tras una reprimenda del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al Reino de España por no tener un sistema de cómputo de las horas trabajadas, lo que dificultaba cuantificar realmente cuánto trabajaban los empleados y si se producían excesos.

Un año antes de la pandemia de COVID-19, el Gobierno aprobó esta norma, que fue criticada por los sindicatos antes de entrar en vigor por considerarla insuficiente y con fallos que facilitaban el incumplimiento. Los inspectores laborales también han criticado la falta de capacidad disuasoria de una norma que multa a la empresa independientemente del tamaño de su plantilla.

Actualmente, si una empresa no controla bien la jornada de sus empleados y se descubren desviaciones en 30 trabajadores, recibe una única multa. La intención de Díaz es que haya tantas multas como trabajadores en situación irregular se encuentren, lo que incrementaría el costo para quienes no cumplan con la norma.

La propuesta del Ministerio de Trabajo también contempla un aumento en la cuantía de las multas. Las infracciones graves se sancionarán con multas de entre 1.000 y 2.000 euros en su grado mínimo, de entre 2.001 y 5.000 euros en su grado medio, y de entre 5.001 y 10.000 euros en su grado máximo.

El objetivo del Ministerio de Trabajo es que la reducción de la jornada laboral entre en vigor en 2024. Así lo ha plasmado en la redacción de su propuesta enviada a la patronal y los sindicatos: "Desde la entrada en vigor de esta ley y hasta el día 31 de diciembre de 2024, la jornada máxima de trabajo ordinario será de treinta y ocho horas y media en promedio anual, en su aplicación proporcional al periodo mencionado".

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