(El Economista, 29-12-2025) | Mercantil, civil y administrativo
La Comisión Europea ha advertido de que podría llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por mantener un sistema que dificulta en extremo que los ciudadanos obtengan del Estado una compensación económica cuando este vulnera el Derecho de la Unión Europea. Bruselas ya acudió a la justicia europea en 2019 por esta misma cuestión y, de hecho, el TJUE dictaminó el 28 de junio de 2022 que la normativa española impone obstáculos excesivos a los particulares que reclaman una indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado derivada del incumplimiento del derecho comunitario, hasta el punto de hacer prácticamente inviable el cobro de dicha compensación.
Pese a que han transcurrido ya más de tres años desde esa resolución, el Ejecutivo español aún no ha adaptado la legislación nacional a lo ordenado por el tribunal europeo. Ante esta situación, la Comisión Europea comunicó el pasado 11 de diciembre que ha remitido una carta formal a España instándole a cumplir la sentencia y otorgándole un plazo de dos meses para presentar sus alegaciones. En caso de que la respuesta no sea satisfactoria, Bruselas advierte de que podría volver a elevar el asunto ante el TJUE.
La Comisión recuerda que, si el tribunal concluye que España ha incumplido su fallo, podría imponer sanciones económicas, ya sea mediante una cantidad a tanto alzado o a través de multas coercitivas. Cabe señalar que el Consejo de Ministros envió en octubre al Congreso un proyecto de ley con el objetivo de dar cumplimiento a la sentencia europea. No obstante, el texto conserva disposiciones que, según el informe emitido en 2023 por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre un borrador anterior -que decayó tras las elecciones de julio de ese año-, vulneran lo establecido por el TJUE.
En concreto, la propuesta legislativa mantiene la obligación de que los ciudadanos acudan previamente a los tribunales para poder aspirar a una indemnización por responsabilidad patrimonial. Así, si una persona considera que una ley le ha causado un perjuicio y que esta es contraria al Derecho de la UE, debe haber presentado una reclamación judicial o administrativa alegando expresamente esa infracción antes de que el TJUE dicte sentencia sobre la norma en cuestión, como requisito para poder beneficiarse posteriormente del fallo y obtener una compensación.
El propio tribunal europeo señaló en su día que exigir a los particulares que invoquen desde el inicio la vulneración del Derecho de la Unión para poder reclamar una indemnización puede constituir una carga procesal desproporcionada y contraria al principio de efectividad del derecho comunitario.
Pese a esta advertencia, el nuevo proyecto de ley conserva dicha exigencia, de modo que quienes no hayan recurrido previamente o no hayan alegado desde el principio la infracción del derecho europeo quedarían excluidos de cualquier indemnización.
La iniciativa legislativa también introduce modificaciones en relación con la cuantía de las compensaciones. El TJUE había reprochado a España que limitara los efectos indemnizatorios a los daños sufridos en los cinco años anteriores a la sentencia favorable. Aunque el nuevo texto elimina ese límite temporal, establece que la indemnización no podrá superar el importe reclamado originalmente por el ciudadano en su recurso administrativo o judicial.
Por ahora, el proyecto de ley continúa en tramitación parlamentaria y se encuentra en fase de presentación de enmiendas en el Congreso, un plazo que ya ha sido ampliado en siete ocasiones.