(El País, 02-04-2024) | Laboral

La Seguridad Social ha actualizado durante la Semana Santa las cotizaciones mínimas para empresas y trabajadores asalariados, tras la aprobación del nuevo salario mínimo y la prórroga presupuestaria. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha modificado la orden de cotización publicada el pasado 29 de enero, antes de la aprobación del nuevo SMI el 6 de febrero. Esta nueva orden, publicada el 28 de marzo en el BOE, establece oficialmente las nuevas cotizaciones mínimas, retroactivas al 1 de enero, para los asalariados del Régimen General, empleadas de hogar, trabajadores a tiempo parcial y socios de cooperativas, entre otros. La diferencia entre las bases oficiales publicadas en enero y las nuevas deberá ser liquidada por los empleadores, según lo establecido por la normativa.

La base mínima de cotización por contingencias comunes para los trabajadores del Régimen General ha pasado de 1.260 euros al mes en 2023 a 1.323 euros mensuales en 2024, un aumento del 5% en línea con el nuevo salario mínimo. Este incremento también se aplica a los once grupos de cotización, estableciendo una base mínima de 44,10 euros al día y una máxima de 157,35 euros. Por su parte, la base máxima de cotización para estos grupos, que no ha sido actualizada, sigue siendo de 4.720,5 euros al mes desde el inicio del año.

Los tipos de cotización aplicados sobre estas bases incluyen el 28,30% para contingencias comunes (23,60% a cargo de la empresa y 4,70% a cargo del trabajador), además de un 0,7% de mecanismo de equidad intergeneracional. También se aplican cotizaciones por desempleo, cotización del Fogasa y prima de accidentes de trabajo, con diferentes porcentajes según el tipo de contrato. Además, se establece una cotización adicional de 31,22 euros para contratos de duración determinada inferiores a 30 días.

Las empleadas del hogar también ven actualizadas sus bases de cotización por contingencias comunes, determinadas por una escala en función de sus retribuciones mensuales. Por ejemplo, para retribuciones mensuales de hasta 306 euros, la base de cotización es de 284 euros al mes, aumentando progresivamente hasta igualar el salario mínimo.

En el caso de trabajadores a tiempo parcial, sus bases mínimas por horas se sitúan entre 7,97 y 11,13 euros, dependiendo del grupo de cotización al que pertenezcan.

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