(El Economista, 10-05-2024) | Laboral

El acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos para simplificar y mejorar el nivel asistencial presenta una novedad destacada: la posibilidad de compatibilizar la prestación contributiva por desempleo con un empleo a jornada completa, siempre y cuando el salario no supere el 225% del IPREM, es decir, 1.350 euros. Sin embargo, al profundizar en los detalles del texto, surgen diversas sorpresas: la compatibilidad está limitada a un máximo del 80% del IPREM (480 euros en los niveles actuales) durante los dos primeros meses. Posteriormente, este porcentaje se reducirá de manera significativa, una medida que afecta principalmente a los desempleados de larga duración y a aquellos que acepten trabajos a tiempo parcial.

El borrador del texto legal, al cual elEconomista.es ha tenido acceso, incluye cambios significativos con respecto a la versión presentada en diciembre, que fue rechazada por el Congreso con el voto en contra de diputados del PP, Vox y Podemos. La formación morada fundamentó su rechazo en la reducción del 125% al 100% de la base mínima en la cotización que aporta el SEPE para la jubilación de los beneficiarios mayores de 52 años. La nueva versión del Gobierno aborda este tema, pero introduce la posibilidad de compatibilizar las prestaciones con un trabajo a tiempo completo.

El mecanismo para lograr esto es similar al de los subsidios. Es decir, la prestación se convierte en un "complemento de apoyo al empleo" que se irá reduciendo conforme el beneficiario consuma su período de prestación. Según el texto, esta normativa se aplicará a las prestaciones contributivas por desempleo reconocidas un año después de su entrada en vigor (un plazo que el Gobierno ha retrasado del 1 de abril al 1 de julio de 2025) para aquellos que hayan superado los 12 meses y comiencen un trabajo a tiempo completo o parcial. No obstante, se establece una excepción para aquellos que hayan comenzado a cobrar el paro antes de esa fecha pero alcancen o superen los 12 meses en ese momento, permitiéndoles compatibilizar un trabajo a tiempo completo con su prestación.

El límite de un año reduce el número potencial de beneficiarios a la mitad de aquellos que perciben la prestación contributiva. Según datos actuales del SEPE, aproximadamente 430.000 personas tienen un período de cobro reconocido de más de 12 meses, de las cuales 198.000 alcanzan los 24 meses. Sin embargo, es difícil prever cuántos superarán estos umbrales en un año, ya que la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha señalado que el 80% de los beneficiarios no agotan el período de cobro reconocido.

El esquema es llamativo, ya que el complemento se reduce con el tiempo que el desempleado lleva cobrando el paro. Entre el décimo tercer y décimo quinto mes, el complemento alcanzará el 80% del IPREM, que equivale al importe asignado actualmente para un subsidio (y el mínimo que se alcanzará con el nuevo sistema), es decir, 480 euros según el nivel actual de este indicador. A partir de ahí, el porcentaje disminuirá hasta llegar al 30% (180 euros). A los trabajadores a tiempo parcial se les aplicarán reducciones aún más pronunciadas.

Una de las sorpresas más destacadas es que, aunque actualmente no se puede compatibilizar un empleo a tiempo completo con el paro, sí se permite con un empleo a tiempo parcial. Esto implica restar del importe de la prestación la parte proporcional al tiempo trabajado. El nuevo sistema establece un límite no en relación con esa cantidad, sino con el IPREM, y este porcentaje también disminuye con el tiempo, lo cual es una novedad. Es importante recordar que la prestación contributiva se reduce del 80% al 60% de la base reguladora a partir del sexto mes, pero se mantiene constante hasta su agotamiento. Por lo tanto, las personas que llevan más de 12 meses percibiendo una prestación y tienen un empleo a tiempo parcial no ven reducido el importe de su prestación con el tiempo.

Esta novedad explica el período de gracia otorgado a los desempleados que trabajen a tiempo parcial: aquellos que deseen acogerse a este sistema un año después de la entrada en vigor de la normativa experimentarán un empeoramiento en sus condiciones, con una ayuda mucho menor que la de los desempleados con empleo a tiempo completo. La idea, al igual que con el diseño de los subsidios, es que este complemento (y la prestación) no se utilicen como apoyo para empleos a media jornada, sino como un incentivo para la empleabilidad. Sin embargo, en la práctica supone un endurecimiento de las condiciones.

Surge una pregunta adicional: ¿Qué sucede con la prestación que no se utiliza junto con el complemento? La cuantía de una prestación contributiva se determina en función de la base reguladora, no del IPREM como ocurre con los subsidios. En este sentido, el complemento no guarda proporción con la prestación. A pesar de ello, el decreto sugiere que también reducirá los días de cobro de la prestación, al igual que ocurre con los subsidios.

En algunos casos, esto puede resultar en un beneficio, especialmente para aquellos que reciben el complemento durante los dos primeros meses (cuando alcanza el 80% del IPREM). Sin embargo, la disminución a lo largo del tiempo hace que no sea rentable e incluso que el desempleado lo perciba como una pérdida del dinero que el SEPE le "debe". En cualquier caso, el borrador deja claro que el SEPE podrá desistir de la aplicación de la compatibilidad, en cuyo caso la prestación quedará suspendida por la realización de un trabajo por cuenta ajena.

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