(El Economista, 20-07-2026) | Laboral

El ciudadano español se enfrenta, según diversos expertos, a un escenario de creciente inseguridad jurídica marcado por una elevada complejidad normativa y por dificultades para obtener una tutela judicial rápida y eficaz. A juicio de estos especialistas, esta situación combina una intensa regulación en determinados ámbitos con lagunas o interpretaciones legales que pueden dejar en una posición de vulnerabilidad a consumidores, autónomos y pequeños empresarios frente a grandes compañías o entidades financieras.

Uno de los ámbitos que más preocupa es el de los fraudes digitales. Con el auge de la banca electrónica y la reducción de la actividad presencial en las sucursales, una parte importante del riesgo asociado a las operaciones financieras se ha trasladado al entorno online.

El decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, Eugenio Ribón Seisdedos, alertó sobre la dimensión del problema al recordar que, mientras el pasado año apenas se registraron siete atracos a entidades bancarias, se contabilizaron 427.488 fraudes informáticos denunciados. Según explicó, si se tiene en cuenta el plazo de cinco años para reclamar este tipo de delitos, el volumen potencial de afectados podría superar ampliamente al de otros litigios masivos, como el de las cláusulas suelo.

Ribón defendió que los sistemas de banca electrónica son diseñados por las propias entidades financieras y sostuvo que el incremento de este tipo de delitos evidencia que los mecanismos actuales de seguridad no ofrecen una protección suficiente a los clientes. También criticó que, cuando se produce una sustracción de fondos mediante fraude, las entidades suelen atribuir la responsabilidad al usuario alegando una supuesta negligencia grave.

Frente a esta posición, la abogada Vanesa Fernández Escudero recordó que la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo ha ido delimitando el concepto de negligencia grave del cliente. Según explicó, cuando el fraude presenta un grado de sofisticación que impide a un usuario medio detectar el engaño, no puede atribuirse automáticamente la responsabilidad al titular de la cuenta. Asimismo, señaló que, en estos casos, basta con que el cliente niegue haber autorizado la operación para que corresponda a la entidad financiera acreditar que existió una actuación negligente por parte del usuario.

Los expertos también advierten de la situación de vulnerabilidad que afecta a millones de trabajadores autónomos y pequeños empresarios. El catedrático de Derecho Civil y exmagistrado del Tribunal Supremo Javier Orduña Moreno considera que este colectivo carece de un nivel de protección equivalente al de los consumidores, pese a que en numerosas ocasiones firma contratos de adhesión con condiciones generales que no pueden negociarse individualmente.

Orduña recordó, entre otros ejemplos, la situación vivida durante la concesión de los préstamos ICO en la pandemia, cuando numerosos pequeños empresarios asumieron compromisos de aval que, en la práctica, trasladaban sobre ellos una responsabilidad mucho mayor de la que esperaban según la información difundida inicialmente. A su juicio, resulta necesario impulsar una reforma legislativa que refuerce la protección de los pequeños negocios frente a determinadas prácticas contractuales y reduzca el desequilibrio existente en sus relaciones con grandes operadores económicos.

Cuando las dificultades económicas desembocan en una ejecución hipotecaria, la intervención judicial adquiere una especial relevancia. En este sentido, la magistrada del Tribunal Constitucional Laura Díez Bueso explicó que la jurisprudencia ha ido delimitando el momento hasta el que los jueces pueden revisar de oficio la posible existencia de cláusulas abusivas en los préstamos hipotecarios. Según indicó, la doctrina más reciente fija como límite el decreto de adjudicación del inmueble, momento en el que concluye el procedimiento de ejecución hipotecaria y hasta el cual puede mantenerse ese control judicial.

En materia de vivienda, distintos especialistas también advierten de las consecuencias que determinadas políticas regulatorias pueden tener sobre el mercado del alquiler. La administradora de fincas Mercedes Blanco González señaló que Cataluña registra uno de los mayores niveles de ocupación ilegal de viviendas del país y afirmó que Barcelona concentra un porcentaje especialmente elevado de estos casos.

Desde su punto de vista, la acumulación de medidas regulatorias y la percepción de inseguridad jurídica entre los propietarios han contribuido a reducir de forma significativa la oferta de viviendas en alquiler, dificultando el acceso al mercado para nuevos arrendatarios. En este contexto, la experta también se refirió al fenómeno conocido como "inquiocupación", que se produce cuando algunos inquilinos permanecen en la vivienda una vez finalizado el contrato, alegando la imposibilidad de acceder a otra alternativa habitacional, una situación que refleja, según los especialistas, las tensiones existentes en el actual mercado residencial.

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