(El Economista, 16-07-2025) | Fiscal

El Ministerio de Hacienda ha aprobado una Orden que introduce nuevos modelos de declaración para que bancos, entidades de pago y empresas de dinero electrónico informen mensualmente sobre todos los ingresos que reciben empresarios y autónomos mediante tarjetas bancarias y Bizum. Esta obligación comenzará a aplicarse en febrero de 2026, con respecto a los datos correspondientes a enero de ese año. En concreto, la norma establece cuatro nuevos modelos: el 170, el 174, el 196 y el 181.

El modelo 170 obligará a las entidades financieras a reportar cada mes los ingresos que los profesionales y empresarios reciben mediante pagos con tarjeta o Bizum, especificando por qué canal se ha producido el cobro. También deberán identificar las cuentas en las que se reciben dichos ingresos, así como los terminales de punto de venta (TPV) utilizados.

Por su parte, el modelo 174 será de carácter anual y servirá para que las entidades informen sobre todos los movimientos con tarjeta realizados por los contribuyentes, siempre que el total de abonos y cargos supere los 25.000 euros anuales. Aquellos contribuyentes cuyos movimientos estén por debajo de ese umbral quedarán exentos de esta obligación. Esta información deberá remitirse a Hacienda por primera vez entre el 1 y el 31 de diciembre de 2026, en relación con los datos de 2025.

En cuanto al modelo 181, este requerirá que bancos y otras entidades informen anualmente sobre préstamos, créditos y operaciones financieras vinculadas a bienes inmuebles. El plazo para enviar esta información correspondiente al ejercicio 2025 será del 1 al 31 de diciembre del próximo año.

Finalmente, el modelo 196 incluirá dos tipos de reportes. En primer lugar, las entidades deberán comunicar mensualmente cualquier nueva cuenta bancaria abierta, incluyendo los datos del titular. Esta información deberá enviarse por primera vez en febrero de 2026, con relación a las cuentas abiertas en enero. En segundo lugar, las entidades estarán obligadas a remitir anualmente el saldo de las cuentas al 31 de diciembre, así como los movimientos (ingresos y retiradas) registrados durante todo el año. Esta última información se entregará por primera vez en enero de 2027.

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