(La Vanguardia, 26-02-2026) | Fiscal

Entregar dinero a un hijo, contribuir a la entrada de una vivienda o prestarle apoyo ante un gasto inesperado puede parecer algo habitual. No obstante, si esa aportación no se declara y la Agencia Tributaria la detecta, las consecuencias pueden ser costosas. Cuando una donación no se comunica al fisco y sale a la luz, tanto quien da como quien recibe deben regularizar su situación y afrontar impuestos, intereses y posibles sanciones que encarecen notablemente la operación.

Así lo explica María José Gómez García, presidenta de la sección de Derecho Fiscal y Financiero del Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Barcelona. Según detalla, si lo que se entrega es un bien, el donante puede tener que tributar en el IRPF por una ganancia patrimonial. Y si no puede justificar el origen del dinero o del bien transmitido, la Administración podría considerarlo una ganancia no justificada. Por su parte, quien recibe el dinero o el bien debe liquidar el correspondiente Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Es decir, la carga fiscal no recae únicamente sobre quien percibe la ayuda. También puede afectar a quien la concede, especialmente si no acredita de dónde proceden los fondos. Albert Domingo, miembro de la junta directiva del Colegio Notarial de Catalunya y notario en Vilassar de Mar, señala que cuando Hacienda identifica una transferencia sospechosa inicia un procedimiento de regularización. En ese proceso reclama los tributos pendientes, suma intereses de demora y puede imponer sanciones gestionadas por la administración tributaria autonómica, que oscilan entre el 50% y el 150% de la cantidad no ingresada, según la gravedad de la infracción.

El impacto económico depende en gran medida de cuándo se actúe. Regularizar voluntariamente antes de que Hacienda inicie una comprobación reduce el coste. En estos casos se aplican recargos crecientes en función del retraso, generalmente inferiores a las sanciones formales. Si han transcurrido menos de doce meses, el recargo es del 1% más un 1% adicional por cada mes de demora. A partir del año, el recargo asciende al 15% y se añaden intereses. En cambio, si es la Administración la que detecta la irregularidad, el expediente puede agravarse. Las multas parten del 50% y pueden alcanzar el 150% cuando existe ocultación o fraude.

La detección no suele producirse al azar. La Agencia Tributaria cruza datos de cuentas bancarias, transferencias relevantes, compraventas de inmuebles o vehículos de cierto valor y documentación notarial. También compara las declaraciones de padres e hijos para verificar si los movimientos económicos encajan con los ingresos declarados. Las entidades financieras, además, informan de determinadas operaciones significativas, lo que facilita que una transferencia llamativa quede registrada en los sistemas de control, aunque sea entre familiares.

Distinguir entre un regalo y un préstamo es fundamental. Si existe obligación de devolución, se trata de un préstamo entre particulares que debe formalizarse adecuadamente y declararse. Si no hay compromiso de retorno, Hacienda lo considerará una donación y exigirá liquidar el impuesto correspondiente. El plazo general para presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es de 30 días desde la recepción del dinero o del bien. No cumplirlo activa automáticamente los recargos.

En Cataluña, este impuesto presenta particularidades, ya que la comunidad tiene competencias normativas dentro del marco estatal. Esto le permite establecer reducciones y bonificaciones propias que pueden rebajar la factura fiscal respecto a otras regiones, especialmente en donaciones entre padres e hijos o en supuestos vinculados a la empresa familiar. Sin embargo, el régimen básico de sanciones depende del Estado, por lo que multas, recargos e intereses siguen criterios similares en todo el país.

Los expertos coinciden en que planificar la operación y declararla correctamente evita problemas mayores. Aunque muchas donaciones pueden acogerse a beneficios fiscales, la obligación de comunicar la operación persiste. De lo contrario, una transferencia que no encaje con los ingresos declarados puede terminar resultando mucho más cara que la cantidad que se pretendía entregar.

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