(Expansión, 15-06-2026) | Fiscal
El Gobierno está preparando una herramienta informática que permitirá a la Agencia Tributaria retener pagos de ayudas y otros fondos públicos destinados a personas o entidades que mantengan deudas con alguna administración pública. Este sistema, denominado punto neutro de embargos, facilitará el intercambio diario de información sobre pagos, ingresos y obligaciones pendientes entre todas las administraciones, ya sean estatales, autonómicas o locales. El objetivo es impedir que quienes tengan deudas con un organismo público puedan recibir fondos procedentes de otro.
Esta medida figura en el proyecto de Real Decreto que regulará el funcionamiento del punto neutro de embargos. El texto, impulsado por el Ministerio de Hacienda, se encuentra actualmente en fase de audiencia e información pública hasta el próximo 25 de junio.
La iniciativa tiene su origen en las propuestas formuladas por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), creada en 2012 para promover la modernización del sector público y mejorar su eficiencia. Ya entonces, la normativa sobre factura electrónica contemplaba la colaboración entre la Agencia Tributaria, los órganos de recaudación autonómicos y locales, la Tesorería General de la Seguridad Social y los organismos pagadores de las distintas administraciones para compartir información sobre deudores y pagos pendientes.
Ahora, Hacienda pretende desarrollar plenamente ese sistema de intercambio de datos mediante una plataforma gestionada por la Agencia Tributaria. Gracias a ella, cualquier administración podrá detectar si una persona o empresa que va a recibir un pago mantiene deudas con otro organismo público y, en su caso, proceder al embargo de las cantidades correspondientes.
La puesta en marcha de este mecanismo supone un paso importante en la coordinación entre administraciones para la recuperación de deudas pendientes. Cuando varias administraciones reclamen cantidades a un mismo deudor, el reparto de los fondos retenidos se realizará siguiendo el orden de prioridad establecido por la legislación vigente.
No obstante, el reglamento contempla determinadas excepciones. Quedarán fuera de este sistema de embargo las nóminas del personal al servicio de las administraciones públicas, las pensiones de Clases Pasivas, las prestaciones económicas de la Seguridad Social, las devoluciones tributarias derivadas de ingresos indebidos, las transferencias destinadas a la financiación de comunidades autónomas y entidades locales, los fondos de compensación territorial y los pagos comprometidos en moneda extranjera.
Por el contrario, sí podrán ser objeto de embargo otros pagos públicos, como los derivados de contratos entre administraciones y proveedores, así como subvenciones y ayudas públicas de distinta naturaleza. La plataforma realizará de forma automática las comprobaciones necesarias para determinar la existencia de deudas y la procedencia de los embargos, aunque el procedimiento incorporará garantías para proteger los derechos de los afectados.
Debido al elevado número de organismos que deberán integrarse en este sistema, Hacienda considera imprescindible que todas las administraciones utilicen un modelo común de firma electrónica en las actuaciones relacionadas con los embargos. Con ello se pretende evitar problemas técnicos y facilitar la interoperabilidad entre administraciones.
El proyecto establece un periodo transitorio para su implantación. Con carácter general, el reglamento entrará en vigor un año después de su publicación definitiva en el Boletín Oficial del Estado. Este plazo será aplicable a la Administración General del Estado, la Seguridad Social, las comunidades autónomas, las diputaciones, los consejos insulares, las capitales de provincia y los municipios de más de 75.000 habitantes.
Los ayuntamientos de menor tamaño dispondrán de seis meses adicionales para adaptarse al sistema, por lo que contarán con un plazo total de dieciocho meses. Además, los municipios con menos de 20.000 habitantes recibirán apoyo técnico por parte de las diputaciones correspondientes. La Agencia Tributaria también podrá poner en marcha una fase piloto de seis meses antes de la implantación definitiva. En consecuencia, el funcionamiento completo de esta plataforma podría no alcanzarse hasta comienzos de 2028.