(Expansión, 11-03-2026) | Fiscal
Los contribuyentes que posean criptoactivos deberán remitir a la Agencia Tributaria hasta cuatro declaraciones informativas distintas. El organismo publicó ayer en audiencia pública un proyecto de orden ministerial con el que prevé aprobar estos nuevos modelos que deberán presentar tanto los titulares como los operadores que gestionan este tipo de activos digitales.
En concreto, la normativa contempla la creación de cuatro formularios: el modelo 042, destinado a la declaración censal para el alta, modificación o baja en el registro de operadores de criptoactivos;el modelo 172, para informar sobre los saldos mantenidos en criptoactivos; el modelo 175, mediante el cual los proveedores de servicios relacionados con criptoactivos deberán comunicar determinada información; y el modelo 721, que servirá para declarar los criptoactivos que estén situados en el extranjero.
Conviene recordar que estos activos digitales -no solo las criptomonedas- han pasado a ocupar un lugar prioritario en el control fiscal. La Agencia Tributaria ha intensificado su vigilancia sobre ellos dentro de su estrategia contra el fraude, tanto en el ámbito nacional como internacional. Desde este año, además, el fisco puede embargar criptoactivos a contribuyentes con deudas tributarias y exige a las plataformas que los gestionan que faciliten más datos sobre sus usuarios.
Los nuevos modelos incluidos en la orden ministerial, que podría aprobarse y entrar en vigor en pocas semanas tras su publicación en el BOE, tienen como objetivo reforzar ese control. Asimismo, el texto sometido a audiencia pública introduce cambios en otra normativa aprobada hace una década, en la que figura el modelo 289, relativo a la declaración informativa anual de cuentas financieras en el marco de la asistencia mutua internacional, además de otras modificaciones en la regulación tributaria vigente.