(Expansión, 06-11-2026) | Fiscal

El Ministerio de Hacienda publicó ayer en el BOE la orden que prorroga durante todo 2027 los límites de facturación que permiten a los autónomos acogerse al régimen de estimación objetiva, conocido como módulos, así como los umbrales establecidos para tributar mediante el régimen simplificado del IVA.

Se trata de una nueva ampliación de un sistema cuya continuidad se ha cuestionado en los últimos años y que, según ha señalado en distintas ocasiones el departamento dirigido por Arcadi España, podría desaparecer en próximos ejercicios. En esta ocasión, posiblemente por la proximidad de las elecciones previstas para el 29 de noviembre, Hacienda ha adelantado el anuncio respecto a las fechas habituales en las que comunicaba la prórroga de estos límites.

Con esta decisión, los trabajadores por cuenta propia que facturen menos de 125.000 o 250.000 euros anuales, en función de si sus operaciones se realizan con empresas o con particulares, podrán continuar tributando por módulos durante el próximo ejercicio. La continuidad del régimen estaba pendiente de confirmación y, de no haberse aprobado la prórroga, los límites se habrían reducido a la mitad, lo que habría dejado fuera de este sistema a cerca de 350.000 autónomos.

Como viene sucediendo desde hace más de diez años, la vigencia de la estimación objetiva se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2027. Antes de que finalice ese plazo, Hacienda tendrá que aprobar una nueva extensión para mantener el sistema durante el ejercicio siguiente. De lo contrario, los límites actuales dejarán de aplicarse.

El régimen de estimación objetiva permite calcular una cantidad fija para las declaraciones trimestrales del IRPF y del IVA, en lugar de determinar la tributación a partir del beneficio real obtenido, es decir, de la diferencia entre ingresos y gastos. Para establecer esa cuota se utilizan distintos indicadores relacionados con la actividad, como la superficie del establecimiento, el número de mesas y sillas, el consumo eléctrico o la plantilla del negocio.

En muchos casos, el resultado de este cálculo supone una carga tributaria inferior a la que correspondería aplicando el régimen de estimación directa, que tiene en cuenta los ingresos y gastos efectivamente registrados durante el trimestre. Por este motivo, los autónomos acogidos a módulos suelen adelantar menos impuestos a lo largo del año. No obstante, la Agencia Tributaria regulariza posteriormente las cantidades mediante la declaración anual de la Renta o la última liquidación trimestral del IVA, que se presenta en enero del ejercicio siguiente.

Una de las cuestiones que plantea dudas sobre el futuro de este sistema es la posible implantación del IVA franquiciado para los autónomos con menores ingresos. Esta modalidad permitiría dejar de repercutir y declarar el impuesto a quienes no superasen determinados límites de facturación, aunque tampoco podrían deducirse el IVA soportado en los gastos relacionados con su actividad. El Partido Popular incluye esta medida entre sus compromisos electorales y plantea fijar en 85.000 euros anuales el umbral de rendimientos netos para poder acogerse a ella.

Tras la nueva prórroga, los autónomos que no superen los límites de 125.000 o 250.000 euros, según las características de su facturación, podrán seguir aplicando la estimación objetiva en 2027. Para determinar el rendimiento neto podrán beneficiarse de una reducción general del 5%. La orden incorpora también medidas específicas para el sector agrario, especialmente afectado por el encarecimiento de los costes derivado del conflicto en Oriente Próximo y por los daños ocasionados por fenómenos naturales en determinadas zonas. Así, los trabajadores autónomos dedicados a la agricultura y la ganadería podrán aplicar una reducción del 10% sobre sus rendimientos netos.

Además, podrán descontar hasta el 35% del importe destinado a la adquisición de gasóleo agrícola, uno de los costes que más se han incrementado tras el cierre del estrecho de Ormuz. Esta medida también podrá aplicarse al cálculo de los rendimientos correspondientes a 2026, siempre que los gastos estén justificados mediante las facturas de este ejercicio. En el caso de los fertilizantes, la reducción por su adquisición se eleva al 15% y podrá extenderse igualmente al ejercicio actual. De esta forma, Hacienda incorpora nuevos incentivos fiscales para aliviar el impacto del aumento de los precios de estos suministros sobre las explotaciones agrarias.

La normativa contempla asimismo la posibilidad de reducir los módulos a los autónomos que hayan sufrido las consecuencias de incendios, inundaciones o averías industriales de gran importancia. También podrán beneficiarse de estos ajustes quienes se encuentren en situación de incapacidad temporal y no dispongan de otros trabajadores en el negocio. En estos supuestos, se podrán descontar del rendimiento neto los gastos extraordinarios ocasionados por dichas circunstancias excepcionales. Por último, en materia de IVA, la orden mantiene, como en ejercicios anteriores, una reducción del 1% en el rendimiento declarado en concepto de gastos de difícil justificación.

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