(El Periódico, 17-03-2026) | Fiscal

La digitalización de la facturación empresarial avanza de forma significativa en España. El Ministerio de Hacienda ha revisado el calendario para que autónomos y pequeñas y medianas empresas adapten sus sistemas de facturación a las nuevas obligaciones legales. Con esta iniciativa se pretende modernizar los procedimientos administrativos, reforzar la lucha contra el fraude fiscal y mejorar la transparencia en los pagos entre compañías.

En la actualidad, la obligación de emitir facturas electrónicas en un formato estructurado entre empresas y profesionales todavía no está plenamente activa, ya que depende de un reglamento específico que aún no se ha aprobado. Este desarrollo normativo deriva de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, conocida como Ley Crea y Crece, que estableció la obligatoriedad de la factura electrónica en las operaciones entre empresas y profesionales. No obstante, su aplicación definitiva requiere de una regulación complementaria que todavía está pendiente.

A pesar de ello, ya se está aplicando una obligación gradual para que los programas de facturación se adapten a determinados requisitos técnicos. El objetivo es garantizar la integridad, la trazabilidad y la fiabilidad de los registros de facturación mediante el sistema denominado Verifactu. Este marco se apoya en el Real Decreto 1007/2023, que establece las condiciones que deben cumplir los programas informáticos utilizados por autónomos y empresas para emitir facturas.

El calendario fijado por Hacienda establece que, a partir del 1 de enero de 2027, las empresas y profesionales sujetos al Impuesto de Sociedades deberán utilizar sistemas de facturación adaptados a la nueva normativa. Posteriormente, desde el 1 de julio de 2027, la obligación se extenderá al resto de autónomos y pequeñas y medianas empresas, que deberán contar con programas que cumplan los requisitos técnicos de trazabilidad e inalterabilidad exigidos por Verifactu. Estas fechas suponen una ampliación respecto a los plazos inicialmente previstos, que apuntaban a 2025 y 2026, con el objetivo de facilitar la transición y permitir que los contribuyentes dispongan de más tiempo para adaptar sus herramientas tecnológicas.

Cuando estos sistemas sean obligatorios, los autónomos y las empresas no podrán emitir facturas utilizando programas que no cumplan con las condiciones técnicas establecidas por la Agencia Tributaria. Aunque las facturas puedan seguir generándose en formatos habituales como el PDF, estos no serán válidos para la transmisión de datos estructurados una vez entre en vigor la obligación de factura electrónica entre empresas. Además, los programas deberán crear registros de facturación que no puedan modificarse, firmados digitalmente e incorporando códigos QR que permitan verificar su autenticidad.

El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones. La Agencia Tributaria contempla multas que pueden alcanzar los 50.000 euros para aquellos autónomos o pequeñas empresas que no adopten sistemas informáticos adaptados a la normativa vigente, especialmente en lo relacionado con el sistema Verifactu y las exigencias establecidas por la Ley Antifraude.

Esta normativa supone un cambio profundo en la manera en que las empresas emiten y reciben sus facturas y se considera una de las reformas fiscales más relevantes de los últimos años en España. Su impacto se extenderá especialmente al tejido de pequeñas empresas y autónomos, impulsando su digitalización y modificando los procesos administrativos habituales. Conocer los plazos establecidos, actualizar los programas de facturación con antelación y prepararse para este nuevo escenario será fundamental tanto para evitar sanciones como para aprovechar las ventajas que ofrece la facturación electrónica.

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