(El País, 02-02-2026) | Fiscal
El Ejecutivo ha confirmado que el salario mínimo interprofesional se incrementará ya este año hasta los 17.094 euros brutos anuales repartidos en 14 pagas, lo que supone un aumento del 3,1% respecto a 2025. Una vez resuelta la incógnita sobre la cuantía final de la subida -tras varias semanas de negociaciones entre el Ministerio de Trabajo y los agentes sociales-, el siguiente paso será ajustar el impuesto sobre la renta para que quienes perciban el nuevo mínimo salarial continúen sin pagar IRPF. Hacienda contemplaba ampliar la deducción vigente para adaptarla al nuevo SMI y, según fuentes del departamento, la medida ya está decidida y se aprobará próximamente mediante una ley.
La finalidad de este ajuste es compensar por completo el efecto fiscal derivado del incremento del salario mínimo, como ya ocurrió el año anterior. La deducción actual, fijada en 340 euros anuales, resulta insuficiente tras la subida, por lo que se elevará hasta una cantidad cercana, aunque algo inferior, a los 600 euros. El funcionamiento será similar al actual: durante 2026 los trabajadores soportarán las retenciones correspondientes y, al presentar la declaración de la renta al año siguiente, recibirán una devolución equivalente.
Con este planteamiento, el Gobierno cumple su compromiso de situar el salario mínimo en el 60% del salario medio, tal y como recoge la Carta Social Europea, sin necesidad de aplicar un incremento mayor del salario bruto. El énfasis se pone en el salario neto, es decir, en la cantidad que finalmente percibe el trabajador. El razonamiento es que, si el salario mínimo comenzara a tributar, parte de la mejora salarial se diluiría. Para alcanzar el 60% del salario medio en términos netos habría sido necesario un aumento mayor del SMI. La ampliación de la deducción evita ese escenario.
En la práctica, el coste del ajuste se reparte entre las empresas y la Hacienda pública. Los empleadores asumen una subida más moderada del salario bruto, mientras que el Estado soporta una menor recaudación fiscal, con un impacto estimado de unos 200 millones de euros anuales. El trabajador, por su parte, percibe íntegramente la mejora salarial. Este enfoque era relevante para el Ejecutivo, que buscaba sumar el respaldo, al menos simbólico, de la patronal. Sin embargo, los empresarios finalmente se desmarcaron del acuerdo por la falta de actualización de los contratos públicos, y el Gobierno solo logró el apoyo de los sindicatos.
La adaptación del IRPF también evita reabrir el conflicto surgido hace un año entre los socios de la coalición por la tributación del salario mínimo. Tras la subida anterior, por primera vez algunos perceptores del SMI -principalmente personas solteras sin hijos que no podían beneficiarse de deducciones familiares- comenzaron a pagar IRPF de forma regular, con un coste aproximado de 340 euros anuales.
Aquella decisión generó una de las mayores tensiones internas de la legislatura. Desde el área económica del Gobierno se defendía que, tras los sucesivos incrementos, el salario mínimo debía empezar a contribuir a la recaudación, mientras que el Ministerio de Trabajo consideraba incoherente gravar a los trabajadores con ingresos más bajos. El desacuerdo se resolvió con una solución intermedia y, en principio, provisional: Hacienda devolvería al año siguiente lo abonado, de modo que el efecto sobre el salario neto fuera nulo.
Con la nueva subida ya cerrada para 2026, el Ejecutivo ha optado por evitar un nuevo enfrentamiento y repetir el mismo esquema. La comisión de expertos convocada por Trabajo había planteado dos opciones: una subida moderada hasta los 17.094 euros brutos anuales y otra más elevada, hasta los 17.360 euros, asumiendo que el salario mínimo comenzara a tributar. La elección del primer escenario, acompañada de una deducción similar a la prevista, permite neutralizar el impacto fiscal y cumplir el objetivo salarial sin necesidad de elevar más el salario bruto.