(Expansión, 03-06-2024) | Fiscal
El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en contra del impuesto de hidrocarburos de la semana pasada costará al erario público 5.800 millones de euros, y el decreto que el Constitucional anuló en enero, otros 2.840 millones. La continua emisión de sentencias judiciales en contra de algunas de las principales subidas fiscales aprobadas en la última década amenaza con convertirse en un aluvión de devoluciones millonarias a los contribuyentes, a costa del erario público.
De hecho, las estimaciones oficiales del Ministerio de Hacienda, a las que ha tenido acceso EXPANSIÓN, revelan que el Gobierno teme afrontar una factura de más de 11.000 millones de euros solo por las compensaciones derivadas de media docena de sentencias firmes en contra de las medidas tributarias del Gobierno del PP presidido por Mariano Rajoy.
Aquel Gobierno, con Cristóbal Montoro al frente del Ministerio de Hacienda, implementó algunas de las subidas fiscales más significativas de la historia del país con el objetivo de sanear las maltrechas cuentas públicas y evitar la amenaza de un rescate europeo como el que requirieron Grecia, Portugal o Irlanda. No obstante, como luego quedó demostrado en los tribunales, una parte importante de ese proceso se llevó a cabo apresuradamente, incurriendo en irregularidades, sin estudiar adecuadamente su compatibilidad con el derecho europeo y abusando de los reales decretos. Desde entonces, dado que los Gobiernos posteriores, presididos por Pedro Sánchez, han mantenido vigentes estas vías de ingresos hasta que la Justicia las ha invalidado definitivamente, las devoluciones que ahora debe realizar el Estado han seguido aumentando.
Uno de los ejemplos más ilustrativos de esta dinámica es el Real Decreto-ley 3/2016, en el que Montoro incluyó tres incrementos del Impuesto de Sociedades con el objetivo de aumentar en 4.650 millones la carga impositiva a las empresas. En concreto, la norma supuso "la fijación de topes más severos para la compensación de bases imponibles negativas; la introducción ex novo de un límite a la aplicación de las deducciones por doble imposición; y la obligación de integrar automáticamente en la base imponible los deterioros de participaciones que hayan sido deducidos en ejercicios anteriores", resumió el Tribunal Constitucional en su sentencia del pasado enero, en la que anuló todo el paquete por el uso del real decreto para efectuar una alteración esencial del impuesto. Algo prohibido.
Ahora, el Estado se enfrenta a la devolución de 2.838 millones por esta sentencia, según las estimaciones oficiales encargadas por la vicepresidenta primera del Ejecutivo y actual ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Y eso pese a que el propio tribunal limitó el alcance del fallo, permitiendo la devolución solo a las empresas que ya tuvieran un litigio en curso, y a que Montero no ha tardado en reintroducir las tres medidas como enmienda a un proyecto de ley ya en marcha, el del último paquete de medidas anticrisis.
En esta misma línea, el Tribunal Constitucional ya había anulado, en junio de 2020, el Real Decreto-ley 2/2016 por el que Montoro impuso un incremento de los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades. La medida supuso un aumento del tipo sobre beneficios aplicado en las retenciones empresariales desde el 12% al 23% para las firmas con un volumen de facturación a partir de 10 millones. La medida fue anulada, nuevamente, por defecto de forma debido a su aprobación por la vía del Real Decreto-ley, lo que implica compensaciones públicas por 461 millones.
El ejemplo más reciente de las medidas tributarias de la época de Montoro anuladas por la Justicia ha sido el del tramo autonómico del Impuesto Especial de Hidrocarburos vigente entre 2013 y 2018, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró contrario al derecho comunitario la pasada semana. La Corte de Luxemburgo dictaminó que el hecho de que las regiones pudieran fijar tipos de 0 a 4,8 céntimos por litro, frente a los 2,4 del tramo estatal, vulneró la directiva europea de armonización de la imposición energética, que prohíbe establecer gravámenes diferenciados en cada territorio sobre un mismo producto destinado a un mismo uso. A falta de que el Supremo lo aplique ahora, este fallo promete ser el más costoso del lote para las arcas públicas, pues Hacienda calcula que su impacto potencial puede alcanzar los 5.800 millones.
Otro sonado revés de la Justicia europea al sistema tributario español fue la sentencia del TJUE de enero de 2022 que anuló por desproporcionado el régimen sancionador del modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero. Esta herramienta fue desplegada en 2012, en paralelo a la amnistía fiscal, para forzar a los contribuyentes a declarar su patrimonio en el exterior. Para ello, se fijaron sanciones por el 150% del valor de los bienes y derechos no declarados en plazo, junto con multas significativas por cada dato incorrecto y la imprescriptibilidad de las irregularidades. La Corte de Luxemburgo calificó el sistema como lesivo para la libre circulación de capitales y contrario al derecho europeo, lo que ha obligado a Hacienda a devolver los 230 millones ingresados por esta vía (sin renunciar, eso sí, al control y gravamen sobre los patrimonios aflorados).