(El Economista, 26-04-2024) | Fiscal

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que está bajo la órbita del Ministerio de Hacienda, ha unificado criterios sobre la aplicación de la deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por la compra de vivienda habitual, especialmente para aquellos casos en los que la adquisición se realizó antes del 1 de enero de 2013. Esta decisión amplía los escenarios en los que los contribuyentes pueden aplicar esta deducción, incluso si no lo hicieron antes del año 2013, como exige la ley para continuar beneficiándose de ella, aunque con ciertas excepciones.

Las nuevas situaciones son las siguientes: Los contribuyentes que no se beneficiaron de la deducción antes de 2013 porque no estaban obligados a presentar la declaración de la Renta al no alcanzar los ingresos necesarios para ello, podrán hacerlo ahora. Aquellos ciudadanos que, aunque presentaron la declaración antes de 2013, no tuvieron rentas sujetas a tributación sobre las que aplicar esta deducción, también podrán hacerlo ahora.

No podrán aplicar la deducción aquellos contribuyentes que, a pesar de haber presentado la declaración antes de 2013 y haber tenido rentas sujetas a tributación, decidieron voluntariamente no aplicarla. Se abre la posibilidad para los contribuyentes que hicieron la declaración de la Renta antes de 2013 pero no se aplicaron la deducción debido a un error, siempre y cuando puedan explicar razonablemente dicho error, siguiendo el criterio establecido por una sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2023.

Con esta resolución, el TEAC busca poner fin a la disparidad de criterios de los distintos tribunales económico-administrativos regionales. Para ello, se basa en una sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2020, que establece que, si la interpretación literal de una ley no es posible, debe hacerse desde un punto de vista finalista, es decir, buscando la interpretación más favorable para el reconocimiento de la deducción en este caso.

Es importante recordar que la deducción por compra de vivienda habitual fue eliminada en diciembre de 2012, por lo que dejó de estar vigente en 2013. Sin embargo, la disposición transitoria decimoctava de la Ley del IRPF permitió a quienes ya se estaban beneficiando de esta deducción seguir haciéndolo después de 2013, siempre que hubieran aplicado la deducción por inversión en vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.

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