(El Economista, 25-02-2025) | Fiscal

La Dirección General de Tributos (DGT), organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, ha aclarado en qué Comunidad Autónoma (CCAA) debe tributar el beneficiario de una donación cuando el donante reside en una región distinta. En una consulta del 2 de enero, la DGT señala que la Ley de 2009 sobre el sistema de financiación autonómica determina qué comunidad es la encargada de recaudar el impuesto correspondiente.

En el caso del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la normativa establece que si la donación consiste en un inmueble, el beneficiario deberá pagar el tributo en la comunidad donde se ubique dicho bien. Sin embargo, si lo donado es un bien mueble, es decir, un objeto que puede trasladarse, como dinero o un vehículo, la tributación debe realizarse en la comunidad donde el receptor tenga su residencia habitual, sin importar dónde esté empadronado.

Para determinar la residencia habitual, la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones establece que se considerará aquella comunidad en la que el beneficiario haya vivido durante un mayor número de días en los últimos cinco años, contados hacia atrás desde el momento en que recibe la donación.

"La donación de una suma de dinero, al tratarse de un bien mueble, debe tributar en la Comunidad Autónoma donde se encuentre la residencia habitual del donatario, aplicándose la normativa de dicha comunidad. Se considera residencia habitual la comunidad en la que el beneficiario haya permanecido más tiempo en los últimos cinco años previos a la donación", concluye la DGT.

Este pronunciamiento responde a la consulta de una mujer empadronada en Barcelona, pero que residía y trabajaba en Murcia, donde tenía su domicilio fiscal ante la Agencia Tributaria. Al recibir una donación de dinero por parte de sus padres, la contribuyente solicitó aclaración sobre en qué comunidad debía tributar la operación.

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