(Expansión, 05-04-2024) | Laboral

El Gobierno está estableciendo el marco legal necesario para prevenir y castigar las posibles acciones de las empresas que impliquen discriminación o incumplimiento de la igualdad con sus trabajadores, especialmente en el contexto de los avances en la protección de las mujeres y las diferencias crecientes en cuanto a orientaciones sexuales.

Por lo tanto, la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social considerará como "infracciones muy graves" cualquier represalia que un empleador pueda tomar contra un empleado que reclame un trato justo y no discriminatorio, ya sea dentro de la empresa, ante las autoridades laborales o los tribunales, o en caso de tener múltiples empleos.

Esta disposición se encuentra en la enmienda número 84 presentada por la coalición de Gobierno, compuesta por el PSOE y Sumar, al proyecto de ley que adapta el Estatuto de los Trabajadores a una directiva comunitaria del 20 de junio de 2019 sobre condiciones laborales transparentes y previsibles. La enmienda, revelada por EXPANSIÓN, modifica la disposición final primera del Estatuto de los Trabajadores para introducir el nuevo apartado 12 bis del artículo 8 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Esta enmienda es significativa porque establece sanciones severas para los empleadores que cometan infracciones "muy graves" al tomar represalias contra empleados que hayan denunciado desigualdad o discriminación, tanto dentro como fuera de la empresa. Las sanciones pueden alcanzar hasta 225.018 euros por trabajador afectado en su grado máximo, entre 30.001 y 120.005 euros en su grado medio, y entre 7.501 y 30.000 euros en su grado mínimo.

Además, los empresarios infractores podrían perder automáticamente, y de manera proporcional al número de trabajadores afectados, las ayudas, bonificaciones y beneficios derivados de programas de empleo, a partir de la fecha en que se cometió la infracción. Estas sanciones se aplicarán preferentemente sobre los beneficios de mayor cuantía en el momento de la infracción, y podrían resultar en la exclusión del acceso a tales beneficios por un período de seis meses a dos años.

Con esta enmienda, el Gobierno busca proteger el principio de indemnidad en el ámbito laboral, es decir, garantizar que los empleadores no tomen represalias contra los trabajadores que ejerzan sus derechos laborales o presenten reclamaciones por acciones perjudiciales de la empresa ante las autoridades o tribunales de justicia.

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